El Reus depende del CSD y del TAD

Ramon Fuentes

Llegados a esta situación y después de la exclusión durante 3 años del Reus de la competición profesional adoptada en el día de ayer, se abren dos vías de manera paralela y que deben resolverse de manera inminente.

Por un lado, tal y como ha reconocido el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Guirao; gira en torno a la solicitud de compra que ha llegado al CSD para hacer con la propiedad del Reus de un nuevo comprador.  Al tratarse de un paquete superior al 25% de la misma, tal y como establece la normativa española, requiere de la autorización previa por parte del Consejo Superior de Deportes. De llevarlo a efecto, el nuevo propietario tendría que, al margen de procedimiento ante el TAD, poner al día tanto a futbolistas como resto de personal del club de todas las deudas pendientes. Especialmente a los primeros porque esto podría llegar a frenar la salida de más jugadores de la actual plantilla.

El recurso del TAD

Y luego está el recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte  (TAD) que el Reus debe presentar con carácter de urgencia solicitando una medida cautelar que suspenda la sanción de tres años impuesta por el Juez de Disciplina Social.

Una vez que este recurso se presente el TAD, al igual que sucediera con el caso reciente entre el Levante y el Fútbol Club Barcelona por la supuesta alineación indebida, debe reunirse con carácter de urgencia para decidir si aceptan esta medida cautelar. Medida que se adopta siempre considerando el daño irreparable que para el afectado puede suponer en caso de no aceptarla.

Lo normal es que esta reunión se produzca en las próximas 48 horas para que, en caso de aceptarlo, pudiera volver a la competición este próximo fin de semana. Bien es cierto que los precedentes en caso similares como el Elche, Murcia, Guadalajara nada favorecen al Reus. También es cierto que la diferencia estriba en que este se produce una vez que la competición está en juego.

En caso de que el TAD adopte esa medida cautelar luego habrá que ver cómo afecta esto a los jugadores y la actual plantilla. Como explicamos al principio, ahora mismo el club sólo cuenta con un jugador profesional después del abandonado en los últimos días de los 11 restantes por el incumplimiento del acuerdo privado que el club había llegado con ellos respecto a firmar ante notario el documento de venta y ponerles al día en sus nóminas.

Luego, en el caso de tener la cautelar que debería ser siempre antes del 31 de enero, además deberían depositar ante la Liga y la AFE el dinero para pagar todas las denuncias presentadas por los jugadores. Sólo en caso de hacerlo, entonces la Liga podría levantarles la prohibición de inscribir jugadores. Y en caso de levantarse tendrían sólo hasta las 23:59  horas del próximo 31 de enero para hacerlo en ese momento finaliza el mercado de invierno y ya no podrían fichar. Y no olvidemos que la norma exige siete jugadores profesionales de la primera plantilla en el campo para poder participar.   

Luego no sólo una medida cautelar podría suponer un giro radical a esta situación, también el abonar todas las denuncias que permita al Reus poder fichar. De lo contrario, si fuera denegada, las consecuencias inmediatas serian la expulsión de la competición, quedarían relegados a la Segunda B y a expensas de lo que dicte el TAD en su tramitación ordinaria del procedimiento y luego la justicia ordinaria.

Las consecuencias en la competición por el descenso del Reus

Y luego están las consecuencias en la actual temporada en la Segunda división y que ya contamos en el día de ayer. La primera en cuanto a la puntuación y como afecta a todos los equipos que tienen que tenían que enfrentarse al club catalán en esta segunda vuelta.

Conviene recordar que el propio Juez de Disciplina de la liga determinó el viernes 18 de enero dejar en suspenso los dos primeros partidos de la segunda vuelta que el Reus tenía que disputar justo el día después a esta suspensión ante Las Palmas y el segundo que debería haberse disputado este fin de semana.

Una vez que la expulsión es efectiva, y tal y como establece el artículo 77 del Código Disciplinario de la RFEF; “se respetarán todas las puntuaciones obtenidas por los demás clubs hasta el momento, y en el resto de encuentros a celebrar se dará por vencedor a los oponentes por el resultado de la media de goles encajados por el equipo excluido”. En el caso del Reus esa media establece que se le dará el partido por ganado al resto de 21 clubes por idéntico resultado: todos por un 1-0 en contra del Reus.

Además, tratándose de la segunda vuelta y como también establece la propia norma, “se respetarán todas las puntuaciones obtenidas en la primera vuelta”. Luego la perturbación es mínima para todos los clubes de la competición, dado que mantienen el resultado que lograron en la primera vuelta y en la segunda es como si ganaran por 1-0.

Y luego está lo que afecta al descenso. El Reus, una vez que ha sido excluido y como también fija el mismo artículo 77, ocupa de manera inmediata un puesto de descenso a Segunda división B; recudiendo por tanto a los equipos que perderán la categoría de plata al final de la presente temporada 2018-2019.