¿Qué sucede tras las expulsión del Reus?

El Reus, expulsado de LaLiga

El Reus, expulsado de LaLiga / Perform

Ramón Fuentes

Aunque el Reus ha manifestado la intención de recurrir la decisión del Juez de Disciplina de la Liga de excluirle durante 3 años de la competición profesional, conviene saber cómo queda la Segunda División en lo que afecta al resto de 21 clubes que componen la categoría.

Dos son las consecuencias inmediatas. La primera en cuanto a la puntuación y cómo afecta a todos los equipos que tenían que enfrentarse al club catalán en esta segunda vuelta. Conviene recordar que el propio Juez de Disciplina de la Liga determinó el viernes 18 de enero dejar en suspenso los dos primeros partidos de la segunda vuelta que el Reus tenía que disputar justo el día después a esta suspensión ante Las Palmas y el segundo que debería haberse disputado este fin de semana.

puntuaciones

Una vez que la expulsión es efectiva, y tal y como establece el artículo 77 del Código Disciplinario de la RFEF, "se respetarán todas las puntuaciones obtenidas por los demás clubes hasta el momento, y en el resto de encuentros a celebrar se dará por vencedor a los oponentes por el resultado de la media de goles encajados por el equipo excluido". En el caso del Reus esa media establece que se le dará el partido por ganado al resto de 21 clubes por idéntico resultado: todos por un 1-0 en contra del Reus.

Además, tratándose de la segunda vuelta y como también establece la propia norma, "se respetarán todas las puntuaciones obtenidas en la primera vuelta". Luego la perturbación es mínima para todos los clubes de la competición, dado que mantienen el resultado que lograron en la primera vuelta y en la segunda es como si ganaran por 1-0.

Y luego está lo que afecta al descenso. El Reus, una vez que ha sido excluido y como también fija el mismo artículo 77, ocupa de manera inmediata un puesto de descenso a Segunda división B, recudiendo por tanto a los equipos que perderán la categoría de plata al final de la presente temporada 2018-2019.