¿Tienes una vivienda en propiedad? Hacienda te puede poner estas multas

Si vendes una vivienda, debes abonar hasta 3 impuestos

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Aunque el mercado hipotecario se encuentre en uno de sus peores momentos por la elevada subida del Euribor, la demanda sigue siendo elevada, mayor aún que en 2023. Por esta razón, se genera un contexto con el que la Agencia Tributaria, también conocida como Hacienda, puede sacarle partido: los gastos económicos a tener en cuenta en caso de ser uno de los propietarios que decide vender una vivienda bajo tu propiedad.

Tres son los impuestos que hay que abonar a Hacienda en caso de vender una propiedad: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la plusvalía municipal y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Es decir, debes incluir la venta en la declaración de la renta, o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si has recibido la vivienda a través de una herencia o donación (la persona que transmite el inmueble sí está sujeta al IRPF).

¿Cuáles son las multas si no se abonan estos tres impuestos?

  • En el caso de no incluir el inmueble en la declaración de la Renta, puedes cometer una infracción leve (3.000 euros sin declarar) con una multa del 50% de la cantidad que se debía declarar; infracción grave (con una sanción del 50 al 100% de la cantidad a declarar).
  • En el caso de la plusvalía municipal, se puede imponer intereses de demora y una multa de entre el 50 y el 150% de la cuota tributaria.
  • Si hablamos del abono del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), recargo del 5% (entre 3 y 6 meses de retraso sin notificación de apremio); recargo del 10% (entre 3 y 6 meses) y del 20% si ya has recibido notificación de apremio.