España adapta sus normas FIFA para fichar jugadores menores de 18 años

Acaba de incluirse en la modificación del Reglamento de la RFEF y también se incluye como excepciones a jugadores menores de edad tanto por razones humanitarias o por traslado a nuestro país en programas de intercambio

El incumplimiento implica sanciones económicas o ventanas sin poder fichar

La magia de Europa: Pedri debutó como goleador

La magia de Europa: Pedri debutó como goleador  / MEDIAPRO

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

La normativa española acaba de realizar una modificación muy importante a futuro en su Reglamento General. Tiene que ver con los controvertidos "fichajes" de jugadores extranjeros y menores de 18 años. Desde el pasado 1 de julio, el fútbol español se adapta a la normativa FIFA que ahora incluye dos nuevos casos de excepcionalidad para poder fichar a jugadores menores de edad. Se trata del artículo 120 relacionado con los futbolistas que no tengan nacionalidad española. En el mismo deja claro que "La inscripción y transferencia internacional de los futbolistas extranjeros comunitarios menores de 18 años se ajustará, en todo caso, a lo establecido en el epígrafe 5 del presente artículo"

Líneas después deja claro que las transferencias internacionales de jugadores a España se permiten solo cuando el jugador alcanza la edad de 18 años pero se permiten las siguientes cinco excepciones. Las dos últimas no estaban hasta ahora en el Reglamento General de la RFEF. Su inclusión responde a la nueva normativa FIFA que ha incorporado estas dos nuevas excepciones relacionadas con razones humanitarias y por temas de educación. Hasta ahora estaban vigentes los siguientes tres casos en nuestro fútbol: 

a) Si los padres del jugador cambian su domicilio a España por razones no relacionadas con el fútbol. 

b) La transferencia se efectúa dentro del territorio de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) y el jugador tiene entre 16 y 18 años de edad. El nuevo club debe cumplir las siguientes obligaciones mínimas:

 I. Proporcionar al jugador una formación o entrenamiento futbolístico adecuado que corresponda a los mejores estándares nacionales. 

II. Además de la formación o capacitación futbolística, garantizar al jugador una formación académica o escolar, o una formación o educación y capacitación conforme a su vocación, que le permita iniciar una carrera que no sea futbolística en caso de que cese en su actividad de jugador profesional. 

III. Tomar todas las previsiones necesarias para asegurar que se asiste al jugador de la mejor manera posible (condiciones óptimas de vivienda en una familia o en un alojamiento del club, puesta a disposición de un tutor en el club, etc.). 

c) El jugador vive en su hogar a una distancia menor de 50 km de la frontera nacional, y el club de la asociación vecina está también a una distancia menor de 50 km de la misma frontera en el país vecino. La distancia máxima entre el domicilio del jugador y el del club será de 100 km. En tal caso, el jugador deberá seguir viviendo en su hogar y las dos asociaciones en cuestión deberán otorgar su consentimiento. 

Pero ahora se suman estas dos nuevas excepciones que ya están en vigor en FIFA. Por un lado: 

d) El jugador debe huir del país del que es natural por motivos específicamente humanitarios que ponen en peligro su vida o su libertad por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por su posicionamiento político, sin sus padres y, por tanto, se le permite residir al menos temporalmente en España. 

e) El jugador es un estudiante y se muda sin sus padres temporalmente a España por motivos académicos para participar en un programa de intercambio. La duración de la inscripción del jugador en el nuevo club hasta que cumpla los 18 años o hasta el final del programa académico o escolar no podrá superar un año. El nuevo club del jugador solo podrá ser un club exclusivamente aficionado sin un equipo profesional ni relación de derecho, de hecho y/o económica con un club profesional.  

Normativa que los clubes españoles deben cumplir a rajatabla. No olvidemos que tenemos precedentes de clubes españoles como Barcelona, Real Madrid o Atlético que han sido sancionados por un incumplimiento de esta norma de transferencia de menores de 18 años.