Estos son los descansos obligatorios para las empleadas del hogar

Estos descansos son de obligado cumplimiento y son diarios, semanales y entre jornadas

Las empleadas del hogar, "pletóricas" ante el avance en derechos.

Las empleadas del hogar, "pletóricas" ante el avance en derechos.

Sport.es

Las empleadas del hogar, regidas por el Régimen General de la Seguridad Social, encuentran en las guías del Ministerio de Trabajo respuestas a sus interrogantes sobre derechos laborales. Fundamentalmente, destaca la jornada máxima legal de 40 horas semanales, aunque para las internas se contempla el "tiempo de presencia", hasta 20 horas semanales adicionales.

El descanso mínimo semanal, de al menos 36 horas consecutivas, se programará generalmente los sábados por la tarde o los lunes por la mañana, junto con el domingo completo.

Además del descanso semanal, se garantiza un intervalo mínimo de 12 horas entre jornadas laborales, excepto para internas, que pueden reducirlo a 10 horas, compensando el tiempo recortado en un plazo de cuatro semanas. Las internas también disfrutan de un descanso de 2 horas diarias para las comidas, no contabilizado como tiempo efectivo de trabajo ni presencia, otorgándoles libertad para gestionar ese tiempo.

En cuanto a las vacaciones, se concede un mínimo de 30 días naturales anuales, con al menos 15 días consecutivos, y se acuerda su distribución entre empleador y empleada, respetando el preaviso de dos meses y garantizando la libertad de la trabajadora durante dicho periodo.

En conclusión, las empleadas del hogar cuentan con derechos laborales establecidos por la Ley que buscan asegurar condiciones justas y equitativas en su desempeño. La normativa refleja la importancia de respetar la jornada máxima, los descansos semanales y entre jornadas, así como el tiempo para comidas, considerando las particularidades de las internas.