¿Navidad sin paga extra para las empleadas del hogar? Las personas que se quedan sin bonificación

En el caso de haber trabajado menos de 120 horas se pasa a ser una empleada por horas

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El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de todas las personas empleadas a recibir dos pagas extraordinarias al año, siendo una de ellas el famoso "extra de Navidad". Sin embargo, este beneficio también se extiende a las empleadas del hogar, quienes pueden recibir estas pagas de dos formas: prorrateada a lo largo del año o como un plus aparte en las nóminas de junio y diciembre.

La cuantía mínima de estas pagas debe pactarse entre empleador y empleada, asegurándose de que no sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

Aunque en términos generales las empleadas del hogar tienen derecho a estas pagas extraordinarias, hay excepciones. Aquellas que trabajan por horas y no alcanzan las 120 horas trabajadas para un mismo empleador no tienen derecho a recibir las dos pagas extras.

Esto se debe a que en su salario por hora ya se incluyen aspectos como las vacaciones y la proporción de las gratificaciones extraordinarias. Su salario mínimo por hora actual es de 8,45 euros, aunque este podría aumentar con las negociaciones en curso para subir el Salario Mínimo Interprofesional.

Es fundamental garantizar que la cuantía de las pagas extraordinarias no sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, respetando proporciones en función de la jornada de trabajo.

Este mínimo es de 15.120 euros brutos al año, considerando las extras. Por tanto, empleadores y empleadas deben acordar la cuantía de estas pagas, asegurando que se respeten los límites establecidos para garantizar una remuneración justa y legal.