Así serán las últimas horas del mercado de fichajes

Ramón Fuentes

Cada vez queda menos para que concluya el período de fichajes en el mercado español. El plazo para el mismo expira mañana viernes 31 de agosto, concretamente a las 23:59 de la noche. A partir de ese momento se considerará concluida la ventana de fichajes de la Liga española que oficialmente, y atendiendo a la normativa FIFA ha tenido una duración máxima de doce semanas. Es decir prácticamente desde la conclusión del campeonato en Primera división. Todo fichaje que no se realice antes de la hora indicada de mañana tendrá que esperarse hasta la próxima ventana de invierno que no arranca hasta el primer día del 2019.

Pues bien, hay varias consideraciones a tener en cuenta de cara a este sprint final del mercado veraniego, especialmente a nivel internacional. Para que un jugador pudiera ser considerado traspasado entre clubes, uno de ellos de fuera de nuestro país, exige que mañana antes de la hora límite esté perfectamente completado por ambas partes el TMS, Sistema de Correlación de Transferencia de Jugadores y cuente por tanto con el CTI (Certificado de Transferencia Internacional). En cuanto esto no se produzca, el fichaje no tendrá validez que fue lo que sucedió con la famosa operación de David De Gea por el Real Madrid en el verano del 2015.

El Artículo 8 del Anexo 3 del Reglamento FIFA lo expone bien claro. Así “todo jugador profesional perteneciente a un afiliado a una asociación únicamente podrá inscribirse en un club a otra asociación una vez que la anterior haya entregado el CTI (Certificado de Transferencia Internacional) y la nueva asociación haya confirmado la recepción del mismo. El CTI se tramitará exclusivamente a través del TMS, No se reconocerá ningún CTI que no haya sido creado por el TMS”.

El TMS es un sistema de correlación de jugadores vigente en la FIFA desde octubre de 2010 y donde está incluida toda la documentación como la copia del contrato entre el nuevo club y el jugador, la copia del contrato de transferencia firmado entre el nuevo club y el anterior; una copia del documento que certifique la identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento del jugador o una copia del documento que certifica también la finalización del contrato del último contrato de jugador y el motivo de su cancelación.

Como bien explica el propio artículo 8 de la FIFA, es la nueva asociación, en este caso la española y el propio club, quien solicita el Certificado de Transferencia Internacional a través del propio TMS y es la asociación anterior, quien debe cargar en este Sistema de Transferencias una copia del pasaporte del jugador para crear el CTI. La Liga española sólo puede inscribir a este nuevo jugador si cuenta con el CTI antes de las 24:00 horas de mañana viernes. Y para eso es clave cuando se completa el TMS, que también deberá estar realizado antes de la citada hora. Teniendo en cuenta todos estos condicionantes, esto explica porque los clubes trabajan a destajo estas últimas horas, para poder completar toda esta documentación sin la cual no se podrá considerar valido ningún traspaso de un jugador que proceda de una liga extranjera.

Las excepciones de los jugadores en paro y las lesiones de larga duración

En el caso del fútbol español no requiere tanto papeleo porque este traspaso se realiza dentro de la misma asociación, en este caso la Federación Española de Fútbol. Para también nuestro fútbol tiene su propio sistema informático llamada Fénix y donde debe quedar recogida toda la información de la operación, al margen lógicamente de la documentación al sistema informático también creado a tal efecto por la Liga de Fútbol Profesional y que deberá estar también registrada en la sede de la patronal. Si esta documentación no estuviera en regla antes de mañana a las 23:59 tampoco se considera válido. Es además la Liga quien tiene la potestad de emitir la licencia provisional del jugador.

Como decíamos, una vez lleguen las 24:00 del 1 de septiembre, se considera concluido el mercado de fichajes de verano. Si bien la FIFA recoge una excepcionalidad para poder inscribir jugadores fuera de este plazo. Se trata de aquel jugador profesional “cuyo contrato ha vencido antes del fin de período de inscripción y quien podrá inscribirse fuera de dicho período” como bien recoge el artículo 6 del Reglamento de Transferencia de Jugadores de FIFA. Lo que se considera un jugador en paro. Para ello el club deberá tener libre alguna de las 25 licencias que permite la Liga de Fútbol Profesional.

La liga española recoge otra excepcionalidad, exclusiva de nuestra competición y que tiene que ver con las lesiones de larga duración. Sólo en estos casos, cuando supere los cinco meses de inhabilitación,  también nuestra competición habilita al club afectado a poder fichar a otro jugador de la competición nacional. Nunca a un jugador de otra liga precisamente porque no puede expedirse el CTI.

Otra excepcionalidad: abonar la clausula quince días antes de finalización del mercado

La Liga española también tiene otra excepcionalidad que permite a un club poder fichar una vez concluido el período de fichajes. Y tiene que ver con las clausula de rescisión. Si un club decide emplearla en los quince días previos a la finalización del período de inscripción; el club afectado tiene un “plazo excepcional de 30 días naturales para poder inscribir un nuevo jugador”, que lógicamente será de la liga española si se produce una vez concluido el plazo de fichajes o jugador en paro y nunca podrá jugar competiciones europeas.. Este mismo plazo lo tendrá el club que se viera afectado precisamente por este segundo fichaje. Cuenta también con el mismo plazo de 30 días para fichar a otro jugador.