La Asociación de Clubes Femeninos impugna el reglamento de Liga Profesionalizada

El fútbol español vivió su sexta huelga, la primera femenina

Ha sido el sexto parón futbolístico en españa, el primero femenino / Efe

Ramón Fuentes

El pasado lunes os presentamos en el diario SPORT el reglamento que ha aprobado la RFEF sobre el nuevo concepto de "profesionalizada" de la liga femenina de fútbol. Tanto de la Primera como de la Segunda división.Un reglamento que desde la Ciudad del Fútbol se ha desarrollado una vez que ha sido aprobado por la Comisión Directiva del CSD, ha sido recogido en los Estatutos federativos y lo aprobaba la Comisión Delegada en su reunión del pasado 10 de junio.

Una decisión que no ha sido bien recibida en el seno de la Asociación de Clubes femeninos. Por un lado porque se ha adoptado sin consultar con ellos y con ninguno de los clubes que lo forman. Actualmente están 13 de los 16 clubes de la máxima categoría excepto el Barcelona, Tacón y Athletic Club de Bilbao. Y por otro, porque esto choca con el movimiento que ha empezado desde el fútbol femenino para conseguir que sea reconocido como liga profesional en la Ley del Deporte al igual que están el fútbol masculino y el baloncesto. Solicitud que ya sea ha presentado ante el CSD.

Por eso, y según ha podido saber el diario SPORT, la Asociación de Clubes tiene previsto impugnar este reglamento y todo lo que conlleva ante el Consejo Superior de Deportes. En caso de no tener éxito por la vía deportiva, el siguiente paso será acudir a la vía ordinaria a través del contencioso administrativo. 

Conviene recordar que este reglamento compuesto de 29 páginas fue enviado hace unas fechas a todos los clubes implicados. En el mismo establece unos mecanismos internos de gestión de dichas competiciones mediante la creación de los comités profesionalizados a los que se deben integrar todos los clubes y que tendrá una autonomía en el marco de los órganos de la RFEF para la gestión de los aspectos que les son específicos y que mejoran el modelo de gobernanza de dichas competiciones. La normativa prevé, también, que en su caso se podrá delegar la gestión organizativa de dichas competiciones a un tercero mediante un sistema de acuerdos, convenios o contratos de encomienda de gestión. 

Las condiciones laborales es uno de los puntos de conflicto

La calificación de competición profesionalizada lleva implícito también, según este nuevo reglamento,  la necesidad de fijar en las bases de competición una serie de requisitos basados en la profesionalidad de los futbolistas y, en su caso, del conjunto de participantes en la competición, especialmente los técnicos. Mediante estas normas de competición se fijarán, también, las condiciones mínimas de carácter laboral que deberán reunir los participantes en las competiciones profesionalizadas, tales como, en su caso presupuesto mínimo de los clubes participantes, posible presupuesto mínimo para la plantilla con contrato de trabajo del primer equipo, número mínimo de licencias P, salarios mínimos para competir, dedicación mínima de los/as jugadoras profesionalizadas, controles económicos específicos, etc..

Este es sin duda uno de los más aspectos donde la Asociación no está de acuerdo al entender que la RFEF carece de competencias para regular estos aspectos como es el modelo de contrato laboral de las futbolistas. 

Desde ahora todo queda en manos del Comité Nacional de la Competición profesionalizada de fútbol femenino que estará compuesto  por los representantes de los Clubes participantes en las competiciones consideradas profesionalizadas de Primera y Segunda División (las “Competiciones”) a los meros efectos internos federativos, por representantes de las futbolistas, de los entrenadores y los árbitros, además de representantes de las Federaciones Autonómicas y de los órganos de gobierno del propia Federación Española de Fútbol.

Este Comité será el encargado de organizar y gestionar las competiciones del fútbol femenino con autonomía de gestión, establecer las directrices reglamentarias y generales para estas competiciones, definir el calendario de las competiciones de Primera y segunda de fútbol femenino, la Copa de Su Majestad la Reina y la Supercopa femenina. También tendrá la potestad de proponer ante la Comisión Delegada de las normas de control económico aplicable a estas competiciones. 

La normativa elaborada por la RFEF prevé incluso la posibilidad de gestionar y explotar, ya sea en aplicación de la legislación vigente o por cesión de los clubes, deportistas, técnicos, árbitros de la imagen, derechos y recursos, en cuanto a su asociación en la competición como la participación en eventos privados o públicos organizados por el Comité Profesionalizado. 

Gestión de los derechos audiovisuales

Uno de los temas más conflictivos, como ya explicamos en el diario SPORT, radica en el apartado de los derechos de televisión. Según el documento elaborado por la RFEF, y conforme a lo establecido en el Real Decreto del 2015, este nuevo Comité tendría las competencias para "proponer al órgano de gestión de derechos audiovisuales de la RFEF fórmulas de gestión sobre la comercialización y explotación de estos derechos" así como proponer al mismo órgano "la adopción de mecanismos de control, revisión y auditoría de gestión comercial y los resultados económicos derivados de la explotación y comercialización conjunta de los derechos audiovisuales". Incluso hasta proponer "la determinación de las cantidades que corresponde percibir a cada club por la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales". Criterios de reparto que se publicarían en la pagina web antes del comienzo de la temporada.

Algo que desde la Asociación entienden que no es potestad de la RFEF por cuanto entienden que los derechos son propiedad de los clubes y que ahora mismo está en vigor un acuerdo con Mediapro para la explotación de los derechos de la competición liguera y de la Copa de su Majestad la Reina hasta el final de la temporada 2021-2022.