El Atlético recurrirá para que Simeone se siente en el banquillo

El Atlético recurrirá la sanción del Cholo

El Atlético recurrirá la sanción del Cholo / sport

Ramón Fuentes

Ayer os contamos en SPORT que Diego Pablo Simeone fue sancionado con ocasión del partido de vuelta de la Supercopa de España de 2014 con ocho partidos de suspensión por diferentes conductas (cuatro por infracción grave y cuatro por infracciones leves) y que por tanto no podría sentarse en el banquillo durante la Supercopa

En aquel momento, la regulación disciplinaria de la RFEF establecía que las sanciones leves impuestas se cumplían en la misma competición en que se cometió la infracción, pero el resto (graves y muy graves) eran comunicables y por tanto se cumplían en el resto de competiciones, como sucedió, sin incorporar excepción respecto de la Supercopa, pese a su singularidad.

Como también contamos en el día de ayer este artículo se modificó posteriormente para que las sanciones impuestas en esta competición fueran comunicables y ejecutables en el resto de competiciones, evitando así que pudieran quedar en la nada durante mucho tiempo, o incluso definitivamente si el interesado nunca volvía a disputar una Supercopa.

Como ya contamos en SPORT el castigo al técnico Argentino responde a tres sanciones distintas al margen de los cuatro encuentros que ya cumplió en Liga :una de dos partidos por protestar, otra de un partido por aplaudir ostensiblemente la expulsión y una ultima por no irse al vestuario tras la expulsión. Estas tres sanciones leves restantes (cuatro partidos) nunca llegaron a ejecutarse, pues desde 2014 el Atlético de Madrid no ha vuelto a disputar la Supercopa.

Pues bien, tal y como cuenta la web de derecho especializado IUSPORT, el Atlético de Madrid va a intentar que su técnico se siente en el banquillo durante la Supercopa, al considerar que las sanciones han prescrito.

Las alegaciones que el club presentara se amparan en el artículo 78 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del deporte, relativo a la prescripción de las sanciones extingue la responsabilidad disciplinaria deportiva, y el artículo 80.2 establece al respecto que “Las sanciones prescribirán a los tres años, al año o al mes, según se trate de las que correspondan a infracciones muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción, o desde que se quebrantase su cumplimiento si éste hubiera comenzado”.

Y el artículo 9.2 del Código disciplinario de la RFEF dispone que “2. Las sanciones prescribirán a los tres años, al año o al mes, según se trate de las que correspondan a infracciones muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción, o desde que se quebrantase su cumplimiento si éste hubiera comenzado.”

Bien es cierto que hay un precedente que juega en contra del equipo rojiblanco. En agosto del 2017 el croata Modric no pudo jugar la ida de la Supercopa de España ante el Fútbol Club Barcelona en el Camp Nou porque arrastraba una sanción de un partido precisamente de la Supercopa de ese verano entre el Real Madrid y Atlético de Madrid. Concretamente por la expulsión en el minuto 87 de la vuelta celebrada en el Vicente Calderón. Mismo partido donde fue expulsado Simeone