La Justicia Europea determina cuál es el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca

El límite pera reclamar los gastos de las hipotecas cobrados por las entidades bancarias ha sido polémico en los últimos meses

La fecha de finalización ha sido ampliada y finalizada vía sentencia durante varias ocasiones, creando confusión

Firma de hipotecas.

Firma de hipotecas.

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El límite pera reclamar los gastos de las hipotecas cobrados por las entidades bancarias ha sido polémico en los últimos meses. La fecha de finalización ha sido ampliada y finalizada vía sentencia durante varias ocasiones, creando confusión. Por este motivo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado una sentencia.

El TJUE ha confirmado que el plazo para solicitar la devolución de los gastos hipotecarios comienza a contar cuando la cláusula se ha declarado nula. De esta forma, se reafirma en la sentencia anterior, donde dictó que dicho plazo comenzaría cuando el hipotecado tuviera constancia de que los gastos habían sido cobrados de forma abusiva.

La sentencia anterior podía reinterpretarse, puesto que no había manera de establecer una fecha de conocimiento. Con este nuevo fallo, el plazo queda fijado y cuando la justicia declare nula la causa, podrán reclamarse los gastos, independientemente de la fecha de firma de la hipoteca.

Según la Ley de Crédito Inmobiliario de junio de 2019, las entidades bancarias tienen que hacerse cargo de los gastos derivados de la firma de la hipoteca, que hasta ahora repercutían en el cliente. De esta forma, las personas que firmaran su hipoteca anterior a la fecha, tendrán que comprobar si hicieron pagos en concepto de:

  • 50% gastos de notaría
  • 100% gastos de Registro de la Propiedad
  • 100% gastos de gestoría
  • 100% comisión de apertura
  • 100% tasación