Llamó "hijo de puta" a Paradas Romero

Pepe se libra de una sanción de cuatro a doce partidos: su insulto se consideró sólo un "menosprecio"

El comité de Competición impuso a Pepe una sanción mucho menor de la que le podía haber correspondido. El luso llamó "hijo de puta" al árbitro, pero el organismo federativo no consideró sus palabras un "insulto", sino un simple "menosprecio". De ahí que no le caigan de cuatro a doce partidos

R.L.

Ese matiz es el que separa ser sancionado por una infracción "leve" de una "grave", según establecen las normas de la Federación Española (RFEF).

El acta arbitral de Paradas Romero al término del Villarreal-Real Madrid reflejó que "una vez finalizado en encuentro y estando en el túnel de vestuarios, el dorsal número 3 del Real Madrid D. Kepler Laverán De Lima Ferreira, se dirigió a nosotros a gritos, diciendo textualmente: '¡Vaya atraco, hijo de puta!'".

El Código Disciplinario de la RFEF establece dentro de su apartado de "infracciones graves y sus sanciones" un artículo que podía haberse aplicado en este caso: el artículo 94. Se titula "Insultos, ofensas verbales y actitudes injuriosas", y dice así:

"Insultar, ofender o dirigirse en términos o actitudes injuriosas al árbitro principal, asistentes, cuarto árbitro, directivos o autoridades deportivas, salvo que constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos".

Sin embargo, el fallo de Competición no considera las palabras de Pepe como un insulto, y se acoge al artículo 117, que se refiere a "Actitudes de menosprecio o desconsideración hacia los árbitros, directivos o autoridades deportivas". Y dice lo siguiente:

"Dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".

Pepe salió muy bien librado, pues su insulto no fue considerado tal, sino un simple "menosprecio".