La relación entre la asociación de clubes femeninos y la RFEF es casi inexistente

El vídeo que explica por qué la liga Iberdrola debe ser profesional

Los clubes femeninos reclaman que la Liga Iberdrola sea profesional por estos motivos / AsociacionCFF

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

Le Asociación va a mandar una carta solicitando información de todas las medidas adoptadas desde la Federación en los últimos meses. Empezando por la decisión de considerar la competición profesionalizada, que la Asociación tiene previsto recurrir ante el CSD e incluso la justicia ordinaria, y de la cual todavía no tiene información alguna. La Asociación vuelve a pedir una liga profesional en un vídeo.

La relación actual entre la Asociación de Clubes femeninos, donde están 13 de los 16 clubes de la Liga Iberdrola y la RFEF, es casi inexistente a día hoy. Hasta el punto que los clubes no han recibido noticia alguna en todo este tiempo desde la Ciudad del Fútbol de las Rozas.

LIGA PROFESIONALIZADA

Ya el pasado 22 de junio os presentamos en el diario SPORT el reglamento que habia aprobado la RFEF sobre el nuevo concepto de "profesionalizada" de la liga femenina de fútbol. Tanto de la Primera como de la Segunda división.Un reglamento que desde la Ciudad del Fútbol se ha desarrollado una vez que ha sido aprobado por la Comisión Directiva del CSD, ha sido recogido en los Estatutos federativos y lo aprobaba la Comisión Delegada en su reunión del pasado 10 de junio.

Una decisión que fue bien recibida en el seno de la Asociación de Clubes femeninos. Por un lado porque, como ya constamos, se adoptó sin consultar con ellos y con ninguno de los clubes que lo forman. Y por otro, porque esto choca con el movimiento que ha empezado desde el fútbol femenino para conseguir que sea reconocido como liga profesional en la Ley del Deporte al igual que están el fútbol

masculino y el baloncesto. Solicitud presentada hace cerca de un mes ante el CSD y que hoy mismo vuelve a recordar la Asociación en un

vídeo al insistir que cumplen los requisitos para ser liga profesional:Existencia de vínculos laborales, dimensión económica e importancia de la competición.

DOS MESES DE MARGEN

Por eso, cómo ya contamos en SPORT, la Asociación de Clubes va a presentar este reglamento presentando un recurso de reposición ante el

CSD, para lo cual tiene un mes desde que se lo hizo oficial por parte de la RFEF. Desde entonces el CSD tiene dos meses para contestar,

pasado ese plazo si no contestan se entiende que no lo aceptan y entonces la Asociación tendría otros dos meses para recurrir ante el

contencioso administrativo. La Asociación que orne agilizarlo para evitar que algunos aspectos del reglamento aprobada por la RFEF entre

en vigor. Y a este recurso se suma la carta que la propia Asociación tiene previsto enviar en los próximos días a la propia RFEF pidiendo

explicaciones de todos los últimos movimientos realizados desde Las Rozas y de los cuales no ha tenido noticia alguna. Carta que envía con

el consenso de todos los clubes que lo forman.

Conviene recordar que este reglamento compuesto de 29 páginas fue enviado hace unas fechas a todos los clubes implicados. En el mismo

establece unos mecanismos internos de gestión de dichas competiciones mediante la creación de los comités profesionalizados a los que se

deben integrar todos los clubes y que tendrá una autonomía en el marco de los órganos de la RFEF para la gestión de los aspectos que les son

específicos y que mejoran el modelo de gobernanza de dichas competiciones. La normativa prevé, también, que en su caso se podrá

delegar la gestión organizativa de dichas competiciones a un tercero mediante un sistema de acuerdos, convenios o contratos de encomienda

de gestión.

Las condiciones laborales es uno de los puntos de conflicto

La calificación de competición profesionalizada lleva implícito también, según este nuevo reglamento, la necesidad de fijar en las bases de competición una serie de requisitos basados en la profesionalidad de los futbolistas y, en su caso, del conjunto de participantes en la competición, especialmente los técnicos.

Mediante estas normas de competición se fijarán, también, las condiciones mínimas de carácter laboral que deberán reunir los participantes en las competiciones profesionalizadas, tales como, en su caso presupuesto mínimo de los clubes participantes, posible presupuesto mínimo para la plantilla con contrato de trabajo del primer equipo, número mínimo de licencias P, salarios mínimos para competir, dedicación mínima de los/as jugadoras profesionalizadas, controles económicos específicos, etc..

Este es sin duda uno de los más aspectos donde la Asociación no está de acuerdo al entender que la RFEF carece de competencias para regular estos aspectos como es el modelo de contrato laboral de las futbolistas.

en manos dEl CNC

Desde ahora todo queda en manos del Comité Nacional de la Competición profesionalizada de fútbol femenino que estará compuesto  por los representantes de los Clubes participantes en las competiciones consideradas profesionalizadas de Primera y Segunda División (las “Competiciones”) a los meros efectos internos federativos, por representantes de las futbolistas, de los entrenadores y los árbitros, además de representantes de las Federaciones Autonómicas y de los órganos de gobierno del propia Federación Española de Fútbol.

Este Comité será el encargado de organizar y gestionar las competiciones del fútbol femenino con autonomía de gestión, establecer

las directrices reglamentarias y generales para estas competiciones, definir el calendario de las competiciones de Primera y segunda de

fútbol femenino, la Copa de Su Majestad la Reina y la Supercopa femenina. También tendrá la potestad de proponer ante la Comisión

Delegada de las normas de control económico aplicable a estas competiciones.

La normativa elaborada por la RFEF prevé incluso la posibilidad de gestionar y explotar, ya sea en aplicación de la legislación vigente o

por cesión de los clubes, deportistas, técnicos, árbitros de la imagen, derechos y recursos, en cuanto a su asociación en la

competición como la participación en eventos privados o públicos organizados por el Comité Profesionalizado.

Gestión de los derechos audiovisuales

Uno de los temas más conflictivos, como ya explicamos en el diario SPORT, radica en el apartado de los derechos de televisión. Según el

documento elaborado por la RFEF, y conforme a lo establecido en el Real Decreto del 2015, este nuevo Comité tendría las competencias para

"proponer al órgano de gestión de derechos audiovisuales de la RFEF fórmulas de gestión sobre la comercialización y explotación de estos

derechos" así como proponer al mismo órgano "la adopción de mecanismos de control, revisión y auditoría de gestión comercial y los resultados

económicos derivados de la explotación y comercialización conjunta de los derechos audiovisuales". Incluso hasta proponer "la determinación

de las cantidades que corresponde percibir a cada club por la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales". Criterios de reparto que se publicarían en la pagina web antes del comienzo de la temporada.

Algo que desde la Asociación entienden que no es potestad de la RFEF por cuanto entienden que los derechos son propiedad de los clubes y

que ahora mismo está en vigor un acuerdo con Mediapro para la explotación de los derechos de la competición liguera y de la Copa de

su Majestad la Reina hasta el final de la temporada 2021-2022.