Campaña de la Renta 2023

Estas son las deducciones por alquiler contempladas en la declaración

Poder incluir esta partida depende de la comunidad autónoma de residencia y de la edad, entre otros factores

Una oficina de la Agencia Tributaria.

Una oficina de la Agencia Tributaria. / EFE

R.C.

En plena

campaña de la Renta 2023

, son muchas las dudas en el momento de sentarse delante del ordenador y ponerse a elaborarla. Papeles, citas, gestiones varias... algunas personas pueden acabar agobiadas con su liquidación y dejar pasar cosas que son más que importantes para el contribuyente. Entre ellas las deducciones por el alquiler

.

Y es que, desgravar por el alquiler es una posibilidad dependiendo de tu comunidad autónoma, de tu edad y tus ingresos. Aunque el régimen estatal para

viviendas

en alquiler beneficia a cada vez menos gente, la mayoría de las autonomías cuenta con deducciones.

A nivel nacional solo los alquileres anteriores a 2015 tienen derecho a deducción. Si firmaste el alquiler antes del 1 de enero de 2015 podrás deducir, si lo hiciste más tarde no. En este sentido, da igual las veces que se haya ampliado el contrato siempre que no presente cambios sustanciales. Además, no se podrá superar un nivel de ingresos para aplicarla. Así, la desgravación por alquiler en la renta 2021 es del 10% sobre una base máxima de 9.040 euros. Sin embargo, solo quienes sumen una base menor que 17.707,2 euros podrán practicarla.

Por comunidades

En 

Andalucía hay deducciones al alquiler del 15% de lo pagado, con un importe máximo de 600 euros en la deducción posible, un límite que crece hasta los 900 euros en el caso de que el contribuyente tenga reconocida alguna

discapacidad

. El contribuyente debe ser menor de 35 años o mayor de 65. También se pueden acoger las víctimas de

violencia machista

y de

terrorismo

. En caso de tributación conjunta, este requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges. Además, la suma de las bases imponibles no pueden superar los 30.000 euros. En caso de que sea individual no podrá superar los 25.000.

En 

Aragón

, una de las más favorables, se cuenta con una deducción del 10,05% para los contratos firmados antes de 2015 hasta un límite de 4.800 euros de base máxima de deducción. En el caso de declaración conjunta, la suma de las bases imponibles no pueden superar los 25.000 euros. En caso de que sea individual no podrá superar los 15.000.

En 

Asturias la deducción es del 10% de lo pagado (con límite de 500 euros). Eso sí, debe tratarse de la vivienda habitual. Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no deben superar los 26.000 euros en tributación individual y los 37.000 en el caso de hacerse de manera conjunta. Asimismo, para los que residan en concejos en riesgo de despoblación esta deducción se eleva hasta el 20 por ciento.

En Baleares existen dos tipos. Una a favor de determinados colectivos (menores de 36 años, personas con discapacidad igual o mayor del 65 por ciento o del 33 por ciento de ser psíquica, familias numerosas y monoparentales...) con un 15% de lo pagado deducible por un importe máximo a restar de 440 euros en lo deducible. Por otro lado, hay deducciones por traslado de residencia por motivos laborales, con otro máximo de 440 euros.

En Canarias se dan dos deducciones. Una general por alquiler que llega al 24% de lo abonado, con un máximo a deducir de 720 euros con ciertas limitaciones de renta. Eso sí, los solicitantes no deben superar los 22.000 euros en tributación individual y los 33.000 en el caso de hacerla conjunta.

En 

Cantabria la deducción es del 10% de lo pagado con un límite de 300 euros en lo deducible en tributación individual y 600 en conjunta. Para poder beneficiarse habrá que tener menos de 35 años cumplidos, 65 o más, o ser persona con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, los residentes en municipios en riesgo de despoblamiento podrán acogerse de una deducción del 20 por ciento.

En 

Castilla-La Mancha

 se cuentan hasta cinco modalidades de deducción por el alquiler. Aunque depende del caso, el máximo de la cuantía es del 20% de lo abonado, con un límite de hasta 612 euros. Los casos contemplados son para vivienda en general, para familias numerosas, familias monoparentales, por discapacidad, por dación en pago o por ser menor de 36 años.

En el caso de 

Castilla y León

, las deducciones llegan al 20% de lo pagado con un límite de 459 euros en términos generales en lo deducible o al 25% y 612 euros en municipios o entidades locales menores. Los contribuyentes deberán ser menores de 36 años y no podrán superar 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta.

En 

Cataluña la deducción es del 10% de lo pagado, con límites de hasta 300 euros en general y de 600 euros en lo deducible para familias numerosas que cumplan los siguiente requisitos: tener menos de 32 años, haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio, tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% o ser viudo y tener más de 65 años.

En el caso de 

Extremadura

, la deducción es del 5% de lo pagado con un límite de 300 euros anuales en lo deducible, que llega al 10% y 400 euros en vivienda en medio rural, en núcleos con menos de 3.000 habitantes. Entre los requisitos, edad, renta o que no se tenga otra vivienda de la que se pueda hacer uso en 75 kilómetros.

En 

Galicia

, las deducciones son del 10% de lo abonado con un límite de 300 euros en lo deducible por contrato y año. En el caso de familias con hijos se duplica al 20% y 600 euros y también se incrementa por razones de discapacidad. Hay que cumplir ciertas edades, fechas de contrato y rentas percibidas.

En 

La Rioja

 la deducción es del 10% de cantidades abonadas con un importe máximo anual de 300 euros en lo deducible. Se eleva al 20% y 400 euros en pequeños municipios. De nuevo, hay requisitos de edad (el contribuyente no puede ser mayor de 36 años) y renta.

En 

Madrid

, otra de las más favorables, la deducción llega al 30% de lo pagado con un tope máximo de 1.000 euros a descontar, tanto en declaración conjunta como individual. Eso sí, esta ventaja es exclusiva para menores de 35 años, con una excepción: si estás entre los 35 y los 40 años, has estado en situación de desempleo y tienes al menos a dos familiares a tu cargo.

Por último, en la 

Comunidad Valenciana

 hay tres tipos de deducciones. La primera, la general, del 20 por ciento con un límite de 800 euros. La segunda, de un 25% con un límite de 950 euros para los menores de 36 años, los contribuyentes con un 65 por ciento de discapacidad física o un 33% psíquica, y para víctimas de violencia de género. Y un tercero de hasta el 30 por ciento para aquellos que cumplan al menos dos de las condiciones anteriores.

Aquí puedes consultar todas las deducciones por comunidades autónomas.