Los logotipos de la Copa y la Supercopa serán obligatorios en las camisetas

La alineación del FC Barcelona en la semifinal de la Supercopa de España 2019

La alineación del FC Barcelona en la semifinal de la Supercopa de España 2019 / EFE

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

Los logotipos de la Copa del Rey y de la Supercopa de España serán obligatorios en las camisetas de los equipos, tanto en los clubes profesionales como en el resto de categorías, a partir de la eliminatoria de cuartos de la competición copera.

La misma normativa regirá para los equipos que participen en la final four de la Supercopa de España, y también el logo de la RFEF en la Primera y Segunda división de Fútbol sala

La temporada pasada, coincidiendo con la puesta en marcha de los nuevos formatos de la Copa del Rey y de la Supercopa aprobados por la RFEF, ya pudimos observar como los equipos participantes portaban en sus camisetas logotipos específicos de las dos competiciones dependientes de la Federación Española de Fútbol. 

Logotipos que llevaron a propuesta de la propia RFEF, pero sin tener un carácter obligatorio para poder hacerlo. Algo que sí empieza a tener esta condición, tal y como recoge la nueva disposición reglamentaria federativa.

POR EL ARTÍCULO 111

Concretamente el artículo 111, relativo a la publicidad en las prendas deportivas y donde lo expone bien claro. En el caso además de la competición copera, deberá hacerse desde la eliminatoria de los cuartos de final. Ambos se suman a la obligatoriedad ya existente de portar el logotipo de la Liga: 

 "Con independencia de ello, y tratándose de competiciones de ámbito estatal y carácter profesional, los futbolistas deberán exhibir obligatoriamente en su indumentaria el logotipo de la LNFP; y a partir de Cuartos de Final del Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey, el emblema de dicho torneo. También será obligatorio lucir el logotipo oficial del campeonato en la Supercopa de España".

El texto mantiene la obligatoriedad del logo de la RFEF para aquellas competiciones no profesionales que están bajo su organización. Lo que implica la Segunda B, Tercera División, Liga de juveniles o el fútbol femenino: "En las restantes competiciones de ámbito estatal y carácter no profesional, los futbolistas deberán exhibir obligatoriamente en su indumentaria el logotipo de la RFEF o el emblema oficial de la categoría o torneo, según estipule la RFEF para cada una de ellas. Queda expresamente prohibida la utilización de logotipos o emblemas no autorizados expresamente por la RFEF".

El conflicto de fútbol sala por el logotipo

Capítulo aparte merece el fútbol sala. Hasta ahora, la norma recogía la obligatoriedad de llevar el logo de la LNFS. Algo que se modifica en la actual y se cambia por este nuevo texto donde expone que "tratándose de competiciones de Primera y Segunda División de Fútbol Sala, los futbolistas deberán exhibir obligatoriamente en su indumentaria el logotipo de la RFEF, salvo que por convenio con la LNFS se estableciera otra cosa".

Una situación que, como ya contamos en SPORT hace unas semanas, ha vuelto a generar un nuevo conflicto con los clubes que forman parte de la LNFS porque el hecho de llevar este logotipo, más cuando ahora mismo no hay convenio alguno entre las partes, les limita a la hora de poder situar en ese mismo lugar cualquier logotipo comercial.

Situación que provocó una respuesta por carta, de la cual nos hicimos eco en este periódico, de muchos de ellos. Algunos como el Fútbol Club Barcelona si están portando este logo de la RFEF en las competiciones de fútbol sala