Así se sancionarán las manos, entradas duras y fueras de juego en la Liga 2020 / 2021

Habrá modificaciones en las sanciones de las jugadas en la Liga 2020 / 2021

Habrá modificaciones en las sanciones de las jugadas en la Liga 2020 / 2021 / EFE

Ramón Fuentes

El CTA ha dado a conocer las conclusiones de las jornadas de trabajo mantenidas con los árbitros y asistentes de manera telemática de cara al arranque de la temporada 2020-2021. Cuatros intensos días da trabajo donde, además de las nuevas reglas de juego aprobadas por la IFAB y vigentes desde el pasado 1 de junio, se ha trabajado en todos los aspectos que luego más controversia generan durante el campeonato: manos, entradas duras o fueras de juego.

En lo que a las manos se refiere queda claro que cometerá infracción el jugador que:

• toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo.

• marque gol en la portería adversaria directamente con la mano o el brazo —incluso si la acción se produce de forma accidental—, incluido el guardameta.

• inmediatamente después de que el balón le toque a él o a un compañero de equipo en la mano o el brazo, incluso de manera accidental, para luego: o marcar gol en la portería adversaria; o generar una ocasión de gol.

Es cierto que aquí el cambio de las reglas de juego para esta temporada hace hincapié en la necesidad de que exista una inmediatez en las manos “accidentales” que acaban en gol o en ocasión de gol para ser sancionadas.

Por tanto, NO se considerará infracción por mano “accidental”, si el esférico recorriera una cierta distancia (tras un pase o una conducción) y/o se dieran varios pases antes de un gol o de una ocasión manifiesta de gol.

La posición antinatural del brazo

Además y por norma general, cometerá infracción el jugador que toque el balón con la mano o el brazo cuando:

• la mano o el brazo se posicionan de manera antinatural y consiguen que el cuerpo ocupe más espacio; incluso en el caso de que el balón toque en la mano o el brazo del jugador tras haber rebotado en la cabeza, el cuerpo o el pie de dicho jugador o de otro que estuviera situado cerca del primero.

• la mano o el brazo se sitúan por encima de la altura del hombro o más allá de este, a menos que se juegue primeramente el balón, y luego toque este en la mano o el brazo

Excepto en las infracciones mencionadas, NO se considerará infracción si el balón toca la mano o el brazo:

• si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) del propio jugador; el jugador JUEGA el balón intencionadamente y le golpea a su propio brazo /mano.

• si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) de otro jugador; balón que llega inesperadamente de rebote, siempre y cuando no esté en posición antinatural ocupando un espacio.

• si la mano o el brazo están cerca del cuerpo y no se encuentran en una posición antinatural con la que se consiga ocupar más espacio.

• si el jugador cae y la mano o el brazo quedan entre el cuerpo y el punto de apoyo en el suelo, pero no alejadas del cuerpo hacia un lado o en vertical.

Como se sanciona disciplinariamente las manos

En cuanto a la sanción disciplinaria a aplicar en las jugadas de manos, no ha habido ningún cambio en relación a temporadas anteriores, es decir, serán amonestadas las acciones cometidas con las manos o brazos, siempre que:

- El jugador toca el balón con la mano para interferir en un ataque prometedor o detenerlo.

- Toca el balón con la mano en un intento de marcar un gol (independientemente de que lo

consiga o no) o en un intento de evitar un gol sin conseguirlo.

Las entradas o disputas de balón (tackles)

Luego está el apartado de entradas o disputas de balón (tackles) y donde el CTA diferenciar tres situaciones:

a) IMPRUDENCIA: Sin sanción disciplinaria por sí mismas.

b) TEMERIDAD: Acciones que llevan aparejadas la amonestación.

c) USO DE FUERZA EXCESIVA: Acciones merecedoras de expulsión.

En la evaluación de este tipo de jugadas, el árbitro valorará:

- La zona del cuerpo con la que el jugador realiza la entrada: tacos, empeine, pierna, ...

- La zona del cuerpo en la que se impacta al adversario: pie, tobillo, tendón de Aquiles, pierna, cuerpo, cabeza...

- Intensidad de la acción

- Velocidad de la acción

- Fuerza empleada en la acción

- Riesgo de lesión / Integridad física del adversario

Los árbitros deben proteger la integridad física de los jugadores y sancionar este tipo de acciones con la correspondiente tarjeta roja cuando se realicen empleando una fuerza excesiva o poniendo en riesgo de lesión / integridad física del adversario.

En caso de no emplearse con fuerza excesiva y no existiendo ese riesgo de lesión, la acción debe ser considerada como temeraria y deberá mostrarse la correspondiente tarjeta amarilla.

Se consideran de menor riesgo las acciones donde un jugador “pisa” en el pie a otro jugador en la disputa del balón. En estas ocasiones, se considera que las acciones son temerarias y que la amonestación es la decisión disciplinaria correcta.

Como se sanciona el uso de los brazos

El uso de los brazos en la disputa de balón con un adversario supone un riesgo para el contrario que puede recibir un impacto en la cara/cabeza.

En caso que el jugador golpee de manera temeraria a un adversario, deberá ser amonestado. Si, por el contrario, ese golpeo se realiza con una fuerza excesiva o brutalidad, el jugador deberá ser expulsado.

El árbitro deberá valorar la fuerza e intensidad de la acción, el riesgo de daño al contrario y el gesto que realice el jugador en el golpeo (gesto del brazo adelante/atrás o sólo elevación del brazo en la disputa).

Es importante destacar que las Reglas de Juego establecen que el jugador que, sin estar disputando el balón, golpee deliberadamente a un adversario o a cualquier otra persona en la cabeza o la cara con la mano o el brazo, la acción será considerada conducta violenta y tarjeta roja, a menos que la fuerza empleada sea insignificante.

Por ello, en aquellas acciones en las que el balón no está a distancia de ser jugado, la tarjeta roja será la sanción disciplinaria más adecuada según el párrafo anterior.

El fuera de juego y el levantamiento de la bandera

Durante los seminarios el estamento arbitral ha insistido mucho en varios aspectos relacionados.

El primero tiene que ver con el levantamiento de la bandera, y en aquellos encuentros donde se utilice el VAR.

En este caso el asistente debe retrasar la bandera y sancionar después la infracción:

- En acciones próximas a gol (“about to score”), situaciones de ataque muy claras, en las que un jugador esté a punto de marcar un gol o tenga un camino despejado en el área de penal o hacia el área de penal del equipo oponente:

• Se debe retrasar la bandera en todos los casos y sancionar el fuera de juego cuando la situación ha finalizado (gol, saque de esquina, de meta, falta, penalti, etc.).

• El árbitro debe retrasar el silbato.

Otra cuestión del fuera de juego es cuando se produce una interferencia al adversario.

Por una lado está la obstrucción del CAMPO VISUAL del adversario:

• Como norma general, cuando el jugador en posición se encuentra situado en el área

de meta y en la trayectoria del balón, se sancionará el fuera de juego.

• Se valorará la distancia y la claridad del movimiento.

Luego está las acciones de DISPUTA del balón a un adversario:

Aqui el árbitro valorará si hay distancia/cercanía suficiente al disputar el balón. Si el jugador hace un movimiento con intención de disputar el balón.

Luego está las acciones de GANAR VENTAJA DE SU POSICIÓN de fuera de juego y que es cuando se produzca un un disparo a portería salvado por el portero