El proceso sancionador al Valladolid por el césped del Nuevo Zorrilla

Ramón Fuentes

Estos días hemos venido contando en el diario SPORT toda la situación que podría generarse en torno al césped del Nuevo José Zorrilla, más teniendo en cuenta su excepcional situación y teniendo en cuenta el Reglamento de Retransmisión Audiovisual de la propia Liga, actualizado con el arranque de esta nueva temporada 2018-2019.

Minutos después de comunicar el presidente de la Liga, Javier Tebas, en twitter la apertura inminente de un expediente al Valladolid por el estado del terreno de juego, la propia Liga lo confirmaba en un comunicado oficial: "Tras la finalización del encuentro se abrirá el correspondiente expediente disciplinario para depurar responsabilidades al comprobar que el estado del césped no reunía las condiciones adecuadas para la competición".

La pregunta que surge es: ¿Cómo se sanciona este tipo de situaciones? Atendiendo al Reglamento de Retransmisión Televisiva, concretamente al apartado del sistema sancionador, el incumplimiento de las normas incluidas las del terreno de juego conlleva sanciones económicas.

El sistema sancionador se basa en un sistema de puntos donde cada infracción se valora con puntos negativos. El valor monetario de cada punto negativo es una cantidad fija que se establecerá en cada una de las temporadas. Algo que todavía está pendiente por determinar para la presente temporada 2018-2019. Es al final de cada temporada donde la suma de estos puntos "se traduce en cantidades que la SAD tendrá que pagar y se destinan a las mejoras de la retransmisión audiovisual".

Es clave el informe del Director del Deportivo

Sin duda las sanciones dependen claramente del informe que haya elaborado el Director de Partido y donde hace constatar todos los incumplimientos en cuanto al terreno juego. En el mismo debe quedar reflejado el corte, dureza del terreno de juego, temperatura del mismo, clase de césped, tracción, programa de riego antes del partido y durante el descanso. Incluye hasta un mapa donde el responsable del césped identifica las zonas deficientes.

Informe que tienen los dos clubes y que se envía al Órgano de Control de la Liga. Además en el caso del césped, en el informe se incluye un espacio para la firma de recepción y observaciones del delegado local y visitante.

En el caso de incumplimientos, como es el caso, los clubes disponen de 48 horas para presentar las pertinentes alegaciones, incluidas las del propio Fútbol Club Barcelona, que ya ha manifestado públicamente que presentará la correspondiente protesta. 

Con toda esta información enviada por el Director del Partido además de las pertinentes alegaciones es a partir del cual dicho Órgano de Control establece las sanciones económicas. Siempre en virtud de los incumplimientos recogidos en dicho Reglamento Audiovisual sobre el estado del terreno de juego.

Las sanciones económicas se abonan al concluir la temporada

Ateniendo al sistema de puntos que está actualmente recogido en el Reglamento Audiovisual, los problemas de drenaje suponen un punto negativo, lo mismo que las deficiencias sobre la cobertura del césped, que el color no sea uniforme, el corte y marcado etc...

Otra cosa sería el informe sobre el estado del terreno de juego y que el responsable de campo, como adelantamos en el diario SPORT el pasado viernes, debe presentar entre 150 y 120 minutos antes del partido. La no veracidad del mismo implican dos puntos negativos.

Pero además en el caso del informe del césped, la sanción podría llegar a considerarse muy grave si se atienen a los Estatutos de la liga en donde en su parte disciplinaria fija como sanción muy grave el "incumplimiento en materia de comercialización de los derechos de explotación de los contenidos audiovisuales..." y donde parece claro que está el Reglamento Audiovisual.

Veremos pues cual es la decisión que adopta el Órgano de Control pero parece claro que se le impondrá una sanción económica así como la advertencia desde LaLiga para subsanar el estado del terreno de juego cuanto antes. Algo que desde la propia patronal se encargarán de certificar con las auditorias al mismo que están estipuladas en el mismo Reglamento.

Sólo en caso de persistir el incumplimiento, y atendiendo a los mencionados Estatutos, es cuando podrían plantearse medidas más severas dado que estaríamos ante una hipotética sanción muy grave.