Ojo con el seguro

Cinco situaciones en las que el seguro no te cubrirá

Tener el seguro en vigor es obligatorio para circular, pero las aseguradoras no ofrecen protección total a sus clientes.

Los seguros no cubren todas las situaciones.

Los seguros no cubren todas las situaciones. / MOTOR

Redacción

Es obligatorio en España tener un seguro de coche contratado para circular. Si bien es verdad que el último recibo no es indispensable, ya que la policía puede comprobar desde un control si el vehículo está asegurado, no tenerlo podría traducirse en inmovilización del vehículo y en sanciones que irán desde los 601 hasta los 3.005 euros. Además, no tener un seguro contratado desprotege al vehículo ante cualquier accidente.

Aun así, tener el coche asegurado, aunque sea a todo riesgo, no es sinónimo de protección total, ya que hay situaciones que generalmente las polizas no suelen cubrir. Estos cinco son algunos ejemplos.

Conducir fuera de la legalidad

Los seguros protegen el vehículo siempre que este se use dentro de los márgenes de la legalidad, es decir, si el usuario conduce ebrio, bajo los efectos de las drogas, a velocidad excesiva o de forma temeraria supondrá estar incumpliendo el código de circulación, por lo que se considerará un delito y, por tanto, la compañía de seguros no se hará cargo de los desperfectos y los daños que se puedan derivar de esta mala práctica. Aunque sí se hará cargo de la indemnización de la parte afectada, después reclamará el dinero al titular si este fue el causante.

Accidente con un familiar

Aunque puede haber excepciones, la mayoría de compañías no suelen cubrir accidentes contra familiares, ya que así evitan posibles fraudes por acuerdo entre ambos familiares. En estos casos, el seguro no cubrirá los desperfectos y se deberá acordar con el familiar quién los paga.

Modificación de vehículo

El seguro cubre el vehículo con sus especificaciones de fábrica. Si el usuario decide modificarlo de forma importante, es decir, aplicar modificaciones que afecten a su estructura, dimensiones o rendimiento, debe homologar dichos cambios en la ITV y notificarlos a la aseguradora, que podrá modificar entonces los términos de la póliza, lo que podría derivar en una subida de precio. En caso de no notificar, la aseguradora podría no pagar por no ser el vehículo accidentado el mismo que figura en la documentación.

Desastre natural

La mayoría de pólizas incluyen algunas excepciones de cobertura que desprotegen al vehículo de situaciones como las catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas...), manifestacioneshuelgasmotinesterrorismo y hasta accidente nuclear. En este caso, pese a que el seguro no cubrirá los daños si debería hacerlo el Consorcio de Seguros.

Conducir sin ITV

Como en el punto de la conudcción bajo los efectos del alcohol, conducir sin tener aprobada la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es, de nuevo, conducir incumpliendo el código de circulación, por lo que una aseguradora puede negarse a cubrir los desperfectos ocasionados por un accidente si el vehículo no tiene la ITV en vigor. De nuevo, si el usuario es el causante del accidente, la aseguradora indemnizará a la otra parte pero demandará los gastos posteriormente a dicho usuario.