La FIFA acelera el pago de los derechos de formación de los jugadores

La FIFA acelera el pago de los derechos de formación de los jugadores

La FIFA acelera el pago de los derechos de formación de los jugadores / AFP

Ramón Fuentes

El pasado 26 de agosto os adelantamos en el diario SPORT el nuevo organismo creado por FIFA para calcular la cantidad de indemnización y la distribución y la distribución automática a los clubes formadores de los importes en concepto de contribución de solidaridad e indemnización por formaciónLos famosos derechos de formación que tanto demandan los clubes.

Esta Cámara de Compensación, como ya contamos hace ahora una semana, actuará como intermediario en los pagos, recibiendo el importe del club de destino (el obligado al pago de la solidaridad y la formación) y distribuyéndola a los clubes formadores.

Pero no es la única reforma de FIFA en relación con este capítulo tan importante respecto a la formación inicial de futbolistas que acaban triunfando posteriormente en el fútbol.

Aceleración de los pagos

El máximo organismo del fútbol mundial, a través del artículo 13 del Reglamento de Procedimiento de la Comisión del Estatuto del Jugador y de la Cámara de Disputas de la FIFA, faculta al Departamento del Estatuto del Jugador de la FIFA la posibilidad de presentar propuestas por escrito a las partes involucradas en un litigio relacionado precisamente con la indemnización por formación de un jugador. Concretamente en las cantidades que se debe abonar al club formador y siempre cuando la situación no sea considerada como compleja.

Es decir, este artículo 13 faculta a este Departamento del Estatuto del Jugador a poder "presentar a las partes propuestas por escrito relativas a las cuantías adeudadas y su cálculo, sin que ello constituya un precedente".

Una fórmula de FIFA para acelerar el pago de estos derechos de formación en todos aquellos casos que son claros y evidentes; acabando así con el retraso histórico existente hasta ahora en el pago de este concepto de enorme importancia; especialmente para aquellos con una clara filosofía de formación de futuros talentos. .

Además en el mismo escrito, junto con la propuesta de cantidades, se les notifica a las partes que pueden solicitar una decisión final en un plazo de quince días una vez reciben esta notificación, de lo contrario se considera aceptada y vinculante dicha propuesta económica. Si una de las dos partes afectadas, en este caso los dos equipos involucrados en el posible litigio por el jugador, deciden solicitar esta decisión final, entonces se tendrá que llevar a cabo el procedimiento para fijar estas cantidades conforme a la reglamentación FIFA. Algo que lógicamente demora el pago de las mismas pero que puede suponer un incremento de estas cantidades inicialmente fijadas.

Presentar reclamaciones

El procedimiento es bien sencillo: los clubes deben presentar estas reclamaciones a FIFA a través del Sistema de Correlación de Transferencias (TMS) junto con toda la documentación obligatoria.

Una vez que está en poder del DEJ (Departamento del Estatuto del Jugador) se analiza toda la situación y, en caso de no considerarse como una situación compleja, se le hace llegar a las partes una propuesta donde se adjunta información acerca de los clubes afectados, las cantidades de los distintos traspasos del futbolista, el porcentaje al que tiene derecho el demandante y las cantidades adeudadas.

Una vez lo reciben, como exponíamos líneas atrás, tienen 15 días para aceptar o rechazar la propuesta. Si una de las partes la rechaza, el procedimiento continúa conforme al Reglamento. Sin ninguna de las partes lo hace, entonces la propuesta es vinculante para las partes teniéndose que llevar a cabo el pago de dichas cantidades. Sin duda un mecanismo que permite acelerar estos procedimientos que hasta ahora venían alargándose de forma innecesaria.