La Asociación de Clubes Femenino no fue consultada en el diseño del calendario de la Liga femenina

Nuevo conflico con los equipos de la Liga femenina

Nuevo conflico con los equipos de la Liga femenina / FCB

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

El pasado martes la RFEF anunciaba las fechas de las dos competiciones de fútbol femenino para la próxima temporada. En el caso de la Primera Division arrancará el 5 de septiembre, quedando Reto Iberdrola para el 27 del mismo.

Además se han fijado las fechas de la final de la Copa de la Reina prevista para el 30 de mayo y será en el mes de enero cuando se dispute la Supercopa, el mismo mes que la masculina. 

Calendario que la RFEF ha elaborado y del cual desconocía la Asociación de Clubes femeninos, y donde están 13 de los 16 clubes de la liga Iberdrola. Como os hemos ido contando en SPORT, solo el Real Madrid, Athletic y Fútbol Club Barcelona están al margen. También están los clubes del Reto Iberdrola.De ahí la sorpresa manifestada a SPORT desde la propia Asociación al ver que el estamento federativo diseña un calendario sobre el cual nadie les había informado y consultado previamente.

Más cuando desde la Asociación recuerdan que son los tenedores de los derechos audiovisuales de 11 de los 16 clubes de la Primera división femenina dentro del acuerdo con MEDIAPRO para la presente temporada y las dos próximas temporadas. Acuerdo que incluye también la copa de la Reina y que ha sido clave para que los clubes pudieran firmar el primer convenio colectivo firmado en el fútbol español el pasado mes de febrero. 

Relación inexistente con la RFEF

Así pues desde la Asociación, según fuentes de la misma consultadas por SPORT, esto es un reflejo más de la inexistente relación con la RFEF, con quien quieren solicitar un encuentro para que expliquen esto y todo Li anterior. Especialmente el reglamento como competición profesionalizada aprobado por el propio ente federativo. 

Ya el pasado 22 de junio os presentamos en el diario SPORT el reglamento. Tanto de la Primera como de la Segunda división. Una decisión que fue no bien recibida en el seno de la Asociación de Clubes femeninos.

Por un lado porque, como ya constamos, se adoptó también sin consultar con ellos y con ninguno de los clubes que lo forman. Y por otro, porque esto choca con el movimiento que ha empezado desde el fútbol femenino para conseguir que sea reconocido como liga profesional en la Ley del Deporte al igual que están el fútbol masculino y el baloncesto. Por eso, cómo ya contamos en SPORT, la Asociación de Clubes va recurrir este reglamento presentando un recurso de reposición ante el CSD, para lo cual tiene un mes desde que se lo hizo oficial por parte de la RFEF.

Desde entonces el CSD tiene dos meses para contestar, pasado ese plazo si no contestan se entiende que no lo aceptan y entonces la Asociación tendría otros dos meses para recurrir ante el contencioso administrativo. La Asociación lo ve a agilizar para evitar que algunos aspectos del reglamento aprobada por la RFEF entre en vigor. Más después de este último capítulo del calendario. 

Un extenso reglamento de competición profesionalizada

Conviene recordar que este reglamento compuesto de 29 páginas fue enviado hace unas fechas a todos los clubes implicados. En el mismo establece unos mecanismos internos de gestión de dichas competiciones mediante la creación de los comités profesionalizados a los que se deben integrar todos los clubes y que tendrá una autonomía en el marco de los órganos de la RFEF para la gestión de los aspectos que les son específicos y que mejoran el modelo de gobernanza de dichas competiciones. La normativa prevé, también, que en su caso se podrá delegar la gestión organizativa de dichas competiciones a un tercero mediante un sistema de acuerdos, convenios o contratos de encomienda de gestión. 

Las condiciones laborales es uno de los puntos de conflicto

La calificación de competición profesionalizada lleva implícito también, según este nuevo reglamento,  la necesidad de fijar en las bases de competición una serie de requisitos basados en la profesionalidad de los futbolistas y, en su caso, del conjunto de participantes en la competición, especialmente los técnicos. Mediante estas normas de competición se fijarán, también, las condiciones mínimas de carácter laboral que deberán reunir los participantes en las competiciones profesionalizadas, tales como, en su caso presupuesto mínimo de los clubes participantes, posible presupuesto mínimo para la plantilla con contrato de trabajo del primer equipo, número mínimo de licencias P, salarios mínimos para competir, dedicación mínima de los/as jugadoras profesionalizadas, controles económicos específicos, etc..

Este es sin duda uno de los más aspectos donde la Asociación no está de acuerdo al entender que la RFEF carece de competencias para regular estos aspectos como es el modelo de contrato laboral de las futbolistas. 

Desde ahora todo queda en manos del Comité Nacional de la Competición profesionalizada de fútbol femenino que estará compuesto  por los representantes de los Clubes participantes en las competiciones consideradas profesionalizadas de Primera y Segunda División (las “Competiciones”) a los meros efectos internos federativos, por representantes de las futbolistas, de los entrenadores y los árbitros, además de representantes de las Federaciones Autonómicas y de los órganos de gobierno del propia Federación Española de Fútbol.

Este Comité será el encargado de organizar y gestionar las competiciones del fútbol femenino con autonomía de gestión, establecer las directrices reglamentarias y generales para estas competiciones, definir el calendario de las competiciones de Primera y segunda de fútbol femenino, la Copa de Su Majestad la Reina y la Supercopa femenina. También tendrá la potestad de proponer ante la Comisión Delegada de las normas de control económico aplicable a estas competiciones. 

La normativa elaborada por la RFEF prevé incluso la posibilidad de gestionar y explotar, ya sea en aplicación de la legislación vigente o por cesión de los clubes, deportistas, técnicos, árbitros de la imagen, derechos y recursos, en cuanto a su asociación en la competición como la participación en eventos privados o públicos organizados por el Comité Profesionalizado. 

Gestión de los derechos audiovisuales

Uno de los temas más conflictivos, como ya explicamos en el diario SPORT, radica en el apartado de los derechos de televisión. Derechos que como hemos contado libras arriba, son derecho de los clubes. Según el documento elaborado por la RFEF, y conforme a lo establecido en el Real Decreto del 2015, este nuevo Comité tendría las competencias para "proponer al órgano de gestión de derechos audiovisuales de la RFEF fórmulas de gestión sobre la comercialización y explotación de estos derechos" así como proponer al mismo órgano "la adopción de mecanismos de control, revisión y auditoría de gestión comercial y los resultados económicos derivados de la explotación y comercialización conjunta de los derechos audiovisuales". Incluso hasta proponer "la determinación de las cantidades que corresponde percibir a cada club por la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales". Criterios de reparto que se publicarían en la pagina web antes del comienzo de la temporada.

Algo que desde la Asociación entienden que no es potestad de la RFEF por cuanto entienden que los derechos son propiedad de los clubes y que ahora mismo está en vigor un acuerdo con Mediapro para la explotación de los derechos de la competición liguera y de la Copa de su Majestad la Reina hasta el final de la temporada 2021-2022. 

Tampoco se les consultó en los modelos de competición de la próxima temporada

Pero esto viene ya de lejos porque la Asociación ya denunció en su momento que la RFEF no les consultó a la hora de diseñar los modelos de competición para esta próxima temporada 2020-2021 y después que desde el ente federativo acordaran suspender todas las competiciones del fútbol femenino al aparecer la pandemia del COVID-19