¿Sabías que está prohibido tener estos animales de la siguiente lista en España?
La intención de la ley de 2019 es solo garantizar que el medio ambiente no sufre alteraciones
Si ya tuvieras uno de estos animales deberás informar a las autoridades pertinentes sobre el caso
Josep Carceller @JosepCarceller
Al igual que a nadie se le ocurriría tener un cocodrilo en su casa por el peligro que conlleva para la salud del hipotético propietario como para la de sus vecinos y allegados, parece también de sentido común que sea ilegal tener otras determinadas especies que puedan alterar la fauna local en caso de que se liberen por error o voluntariamente.
El Gobierno de España aprobó un Real Decreto que modificó el Catálogo español de especies exóticas invasoras; a toda especie animal que no es autóctona se le denomina invasora, y podría alterar la fauna local como ha pasado recientemente con el cangrejo azul en el Delta del Ebro.
La nueva lista actualizada prohíbe tener algunos animales como los agapornis o los erizos, prestad atención a esta actualización:
- Cotorras argentinas: suponen un peligro para los gorriones y las palomas locales.
- Mapaches: a pesar de su apariencia de bonachones, los mapaches son unos mamíferos agresivos que son un peligro al situarse en lo alto de la cadena alimenticia pues no tienen depredador natural.
- Erizos: Los erizos provienen del África occidental y central, y se alimentan de insectos, casi cualquiera les sirve: hormigas, escarabajos… También comen plantas y pequeños reptiles.
- Agapornis: Se ha prohibido la posesión de estos animales para preservar la especie y evitar un posible peligro de extinción
- Cerdos vietnamitas: tras detectarse diversas piaras silvestres en más de 40 localidades españolas, provinientes de animales abandonados o que se han escapado, se ha decidido prohibir esta especie que se mezcla con los jabalíes autóctonos y su cruce da lugar a una variedad conocida como cerdolí.
Si tienes uno de estos animales desde antes de la aprobación del Real Decreto, puedes quedarte con tu(s) animal(es), pero teniendo que informar a las autoridades competentes de tu comunidad, que lo inscribirán en un registro especial.
Esta medida, pese a haber sido aprobada en Real Decreto en 2019 no entra en vigor hasta el 1 de enero de 2022, por lo que hasta ese momento no es obligatorio informar ni tomar medidas, eso sí, es desde el 31 de marzo de 2019 que no se pueden adquirir.
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