¿Cómo funciona el aval para la compra de la primera vivienda para jóvenes y familias?

El ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha avanzado la firma del convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en un acto presidido por la ministra Isabel Rodríguez

En el mismo, se ha adelantado la gestión por cuenta del Estado de la línea de avales para la compra de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, durante la rueda de prensa ofrecida tras la reunión con representantes del sector de la vivienda, este jueves en Madrid.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, durante la rueda de prensa ofrecida tras la reunión con representantes del sector de la vivienda, este jueves en Madrid. / Sergio Rodríguez

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El ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha avanzado la firma del convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en un acto presidido por la ministra Isabel Rodríguez. En el mismo, se ha adelantado la gestión por cuenta del Estado de la línea de avales para la compra de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo.

Esta nueva medida tiene como objetivo promover el acceso a la primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo, que desafortunadamente se encuentran con la barrera de ahorrar para la entrada de una hipoteca. Según el ministerio, esta nueva medida beneficiará a 50.000 personas, aproximadamente.

En este sentido, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) avalará hasta el 20% del importe del crédito. No obstante, si la vivienda adquirida obtiene la calificación energética D o superior, el ICO podrá avalar hasta el 25% del total. "Se aliviará el mercado de alquiler en zonas tensionadas, con ciudades donde ya es más caro el alquiler que comprar.

También atenderá la realidad en núcleos rurales contribuyendo así a la fijación de población", comentan desde el organismo. El préstamo aval gestionado por el ICO será de un máximo de 10 años.

El préstamo del ICO está dirigido a personas físicas, mayores de edad y residentes legales en España de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud. El máximo importe avalado será de 100.000 euros y los ingresos del solicitante no pueden superar los 37.800 euros brutos anuales, elevándose este importe al doble si la vivienda es adquirida por dos personas. Sin embargo, podrán acogerse también las personas que se encuentren en estas circunstancias:

  • Si el derecho de propiedad recae sobre una parte alícuota de la vivienda, obtenida por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.
  • Para las personas que siendo titulares de una vivienda acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, u otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen de la unidad de convivencia.