Noticia SPORT

Noticia SPORT

La cautelar del TAS es la única opción del Chelsea para fichar en verano

La FIFA sanciona al Chelsea sin fichar en dos mercados

La FIFA sanciona al Chelsea sin fichar en dos mercados / Perform

Ramón Fuentes

Una vez que la Comité de Apelación ha ratificado la sanción de dos ventanas sin fichar para el Chelsea, debemos explicar bien los procedimientos que podría emprender el conjunto inglés buscando tener opciones a inscribir jugadores en este inminente mercado de verano (ya sean compras de jugadores o cesiones). Porque el recurso del club inglés va más allá del simple procedimiento de solicitar que le reduzcan o le quiten la sanción.

Desde el día de ayer el Chelsea cuenta con 21 días naturales, es decir hasta el próximo 29 de mayo, para llevar estas acciones. Lo primera y más lógico es la solicitud por parte del conjunto inglés de medidas cautelares ante el Tribunal de Arbitraje Suizo. Es decir, la suspensión cautelar de la sanción.

Suspensión que no en todos los casos se concede. Sólo en aquellos donde el TAS entiende que, en caso de no hacerlo, provocaría un error irreparable para el club o probabilidad de éxito sobre el fondo del caso. Es decir que tiene indicios de una posible reducción.

Esto último es precisamente lo que sucedió con el Real Madrid cuando en septiembre del 2016 cuando el TAS suspendió cautelarmente la sanción de dos ventanas impuesta por FIFA y que permitió a los mejores afectados que militaban en la cantera blanca poder seguir jugando. De hecho en diciembre de ese mismo año el TAS resolvió reduciendo a una sola ventana, la ejecutada en verano del 2016, la imposibilidad del conjunto blanco de inscribir jugadores. Entendió entonces que había motivos para pensar que el daño al club blanco era irreparable y que había motivos para pensar que la sanción podía ser rebajada, como así sucedió.

Luego por tanto, si el TAS concediera la cautelar, sería porque entiende que existen indicios para pensar que igual la sanción al Chelsea de mercados sin inscribir jugadores no es la lógica, a tenor del número jugadores afectados y de casos similares.

La negativa a estas medidas cautelares, algo que puede suceder considerando también otros precedentes , puede deberse a dos motivos. El primero y más lógico pasaría porque el TAS no ve motivos para revocar la sanción impuesta por FIFA.

Y otra, que tampoco debemos descartar, porque la vista donde se debe tratar el caso puede estar prevista para antes del 1 de julio y será ahí donde adoptarían la resolución definitiva que haría oficial de manera inmediata la resolución, no así el fondo de la cuestión, para que así el Chelsea sepa a qué atenerse. Si puede o no puede inscribir jugadores. Bien es cierto que, dadas las fechas en las que nos encontramos, esto parece complicado dado que el TAS debe abrir procedimiento, dar traslado a FIFA del recurso que presente el Chelsea, y parece difícil que dicha vista pudiera tener lugar en apenas 51 días.

Una vista a la que concurren los representantes del club por un lado y los de la FIFA por otro bajo la presencia del miembro del TAS designado para la causa.

La última carta a la que atenerse el Chelsea sería solicitar un procedimiento urgente, es decir acelerar la celebración de esta visita, pero ni aún esta medida le asegura que pueda celebrarse antes del 1 de julio.

Luego está claro que la estrategia del equipo debe pasar por solicitar las medidas cautelares y que el TAS las acepte. Esto le abriría la puerta a poder inscribir jugadores en verano y empezar a cumplir su sanción, sea la que sea finalmente, a partir del mercado de invierno de enero del 2020.