En un auto

El Supremo rechaza la denuncia de Manos Limpias contra Puigdemont por llamar "cuervos togados" a los jueces

El alto tribunal no aprecia delito de odio ni de injurias e insiste en su doctrina que impide trasladar al plano penal el desacuerdo político

Carles Puigdemont.

Carles Puigdemont. / Glòria Sánchez - Europa Press

Ángeles Vázquez

El Tribunal Supremo no sabe ya cómo decirlo: la disputa política no puede trasladarse al plano penal. Tampoco es delito de injurias o de odio todo aquello que no gusta. Este martes ha vuelto a predicar con el ejemplo y ha rechazado la denuncia presentada por el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias contra el expresidente de la Generalitat, eurodiputado y cabeza de lista de Junts en las últimas elecciones, Carles Puigdemont, al no apreciar delitos de injurias o de odio en el texto que publicó en Instagram en el que se refirió a los jueces españoles como “cuervos togados” que “se revuelven y enseñan garras y colmillos” y a los que “se les pone cara de general Pavía”, que fue quien dio el golpe de Estado que acabó con la Primera República. 

En un auto, el tribunal explica que “la libertad de expresión ampara el derecho a la crítica, también a jueces y magistrados, incluso cuando se formula en términos inapropiados y ofensivos como en este caso y, según ha precisado el Tribunal Constitucional, la reacción penal no está justificada frente a cualquier tipo de exceso en el ejercicio de ese derecho”. 

Añade que “el discurso o expresiones denunciadas se produjeron en el contexto de un debate político y como expresión de una apreciación crítica de las actuaciones de los jueces y tribunales en el llamado 'proces'. Las expresiones proferidas se limitan a una crítica desabrida a la actuación judicial y su contenido no permite su subsunción normativa en el delito de injurias y, menos aún, en el delito de discurso de odio, dado que se alejan notoriamente del espacio de tipicidad que diseña el artículo 510 del Código Penal”.

El tribunal se remite a sus resoluciones anteriores en las que remarcó que “el derecho penal no es una herramienta apta para limar asperezas o imponer un estilo más plano, menos escandaloso, más objetivo o neutro; o para acallar una opinión agria, ni siquiera aunque pueda ser injusta”. 

También menciona una sentencia del Constitucional que en 2015 ya dijo que “los límites a los que está sometido el derecho a la libertad de expresión deben ser siempre ponderados con exquisito rigor”, para “no correr el riesgo de hacer del derecho penal un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión, lo que, sin duda, resulta indeseable en el Estado democrático".

Puigdemont, que siempre se muestra muy crítico con la justicia en redes sociales, publicó en su cuenta de Instagram: “Sabemos que la represión contra el independentismo no se detendrá por completo mientras no seamos una república libre de todo vínculo con las estructuras franquistas. Pero no por ello tenemos que dejar de combatirla y de aspirar a reducir al máximo su alcance. Por esto los cuervos togados se revuelven y enseñan garras y colmillos. Y se les pone cara de general Pavía”.

El Supremo, tras ponderar el contenido, contexto y finalidad de los hechos denunciados, concluye que, “si bien se trata de expresiones ofensivas e injustas, no son constitutivas de delito, razón que conduce a inadmitir a trámite la denuncia, acordando el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que procedieran ante otros órdenes jurisdiccionales”.