Constitución de las Cortes

Jurar la Constitución "por la República Catalana": ¿Es legal o no?

En la 

, el tribunal de garantías dejó claro que usando la expresión 'por imperativo legal' se cumplía la fórmula de juramento

El portavoz de ERC, Gabriel Rufián, con un ejemplar de la Constitución en la mano en la tribuna del Congreso.

El portavoz de ERC, Gabriel Rufián, con un ejemplar de la Constitución en la mano en la tribuna del Congreso. / EP

Miguel Ángel Rodríguez

Que nadie se sorprenda si este jueves lee este diario, ve la televisión o escucha la radio y de lo que se habla -además de la

Mesa del Congreso

- es sobre las fórmulas utilizadas por los diputados y senadores para prometer o jurar la Constitución

. Cada vez que se constituyen las Cortes se produce el mismo debate. "Por la libertad de los presos políticos"; "hasta la constitución de la República Catalana"; "por las 13 Rosas" o "por España" son algunas de las expresiones que se utilizaron en diciembre de 2019. ¿Es o no legal emplear estas fórmulas de acatamiento de la Constitución?

La polémica, aunque avivada en los últimos años por el independentismo catalán, viene de largo. El 21 de noviembre de 1989, tres diputados de Herri Batasuna prometieron la Constitución "por imperativo legal". Aquella coletilla llevó al recién elegido presidente del Congreso, el socialista Félix Pons, a expulsarles y negarles la condición plena de diputados por no ajustarse al tradicional 'Sí, juro/prometo'. El

Tribunal Constitucional

no vio el asunto de la misma manera.

En la sentencia 119/1990, el tribunal de garantías dejó claro que usando la expresión 'por imperativo legal' se cumplía la fórmula de juramento. En concreto, el TC detalló que "no resulta congruente una interpretación de la obligación de prestar acatamiento a la Constitución que antepone un formalismo rígido a toda otra consideración, porque de ese modo se violenta la misma Constitución de cuyo acatamiento se trata". La única limitación, detallaron, es que "su formulación desnaturalice o vacíe de contenido el acatamiento mismo mediante fórmulas que supongan un fraude a la Ley o priven de sentido al propio acatamiento". Algo que, hasta el momento, no se considera que haya ocurrido nunca.

Los casos más recientes

Con la doctrina del TC bajo el brazo, la propia Junta Electoral Central, encargada de tomar juramento a los europarlamentarios electos, se pronunció en 2019 sobre fórmulas utilizadas como "desde mis principios republicas, sí promero por imperativo legal" o "prometo por imperativo legal, hasta la consecución de la república vasca". A este respecto, y esgrimiendo la sentencia de 1990, la JEC acordó que tales promesas "contienen expresiones que tienen un 'sentido modal o causal', que no implica condición, reserva ni limitación alguna del acatamiento a la Constitución".

El último respaldo a este tipo de fórmulas se produjo hace apenas dos meses, cuando el Tribunal Constitucional rechazó un recuerso interpuesto por ocho diputados del PP contra la decisión de 

Mertixell Batet

 en 2019 de aceptar el acatamiento de 29 parlamentarios de partidos independentistas. Los conservadores alegaron que las expresiones empleadas no eran válidas y que, por tanto, se vulneraban sus derechos dado que suponía un trato de desigualdad.

Sin embargo, el tribunal de garantías aseguró que no se produjo "un trato desigual entre los diputados, ya que fueron validadas todas las fórmulas de acatamiento". Además, añadió que el uso de esas fórmulas de acatamiento "no afecta" al derecho de los diputados del PP que recurrieron la decisión "a ejercer también en plenitud sus funciones parlamentarias de acuerdo con las previsiones legales".