EL CTA elimina el límite de edad de retirada en los árbitros españoles

Los árbitros ya no tendrán limite de edad

Los árbitros ya no tendrán limite de edad / EFE

Ramón Fuentes

El pasado 16 de diciembre anunciaba Luis Rubiales en la última Asamblea General de la RFEF el inminente cambio de régimen laboral de los árbitros y asistentes del fútbol profesional. 

Cambio al que ya sólo le queda un último trámite para que pueda entrar en vigor a partir de la próxima temporada 2020-2021, como era la intención en el estamento arbitral y la propia RFEF. Porque ayer miércoles la Comisión Delegada de la RFEF dio el visto bueno a esta modificación histórica en la relación laboral de los árbitros del fútbol español. Ahora sólo queda el último trámite que pasa por el visto bueno de la Comisión Directiva del CSD para su puesta en práctica. Algo que podría producirse en las próximas semanas, salvo contratiempo por el coronavirus, en la misma reunión donde se de el visto bueno al proceso electoral en la Ciudad del Fútbol de las Rozas. 

Como consecuencia de esto, todos los árbitros y asistentes del fútbol profesional abandonan la actual situación donde estaban en un régimen de relación administrativa para pasar al régimen de Seguridad Social al que están sujetos la mayoría de empleados que realizan su trabajo para una empresa. Se trata de un estatus por el que llevaban luchando desde hace muchos años los árbitros del fútbol español y que por fin verá la luz desde la próxima temporada.

Como ya contamos en su momento en el diario SPORT, este paso histórico ha sido posible gracias a  muchos meses de conversaciones entre la propia Federación Española y el Ministerio de Trabajo. Bajo este paraguas, como ya adelantamos entonces, solo van a estar los árbitros del fútbol profesional y no será aplicable al resto de colegidos de otras categorías (Segunda B, Tercera División etc..).

Más que nada porque el grado de dependencia actual de un árbitro de estas dos categorías de la RFEF y del propio CTA; las horas de dedicación, reuniones constantes etc..ha sido un factor clave para poder incluir a los árbitros y asistentes bajo este régimen. Actualmente son prácticamente profesionales considerando todo el tiempo de preparación física que exige su labor, los viajes, su actuación como VAR cada semana, las reuniones mensuales en la Ciudad del Fútbol. De ahí que sea una situación exclusiva de los árbitros de las dos categorías profesionales del fútbol, no extensible a ningún otro estamento arbitral del resto de deportes

Este nuevo escenario tendrá una repercusión inmediata según el convenio de retribución del arbitraje profesional firmado por la Liga y la RFEF en agosto del 2018 y vigente durante cinco años. Y tiene que ver con la partida destinada en el mismo a la Seguridad Social y que hasta estaba totalmente congelada. Una vez entré en vigor el estamento federativo percibirá los 1900.000 euros acordados en este convenio y destinado para hacer frente precisamente a estos pagos y que tanto esta temporada 2019-2020 como la anterior, primera donde entró en vigor el nuevo convenio, han estado congeladas a falta de producirse este salto. 

Pero además la Comision adoptó ayer otro cambio que afecta al estamento arbitral. Y tiene que ver con la edad de los árbitros. La RFEF también quiere suprimir el límite de edad fijada en los 45 años y de esta forma acoplarse a la norma FIFA que ya la eliminó en octubre del 2015. De esta formas quedaría ya en manos del CTA esta decisión al final de cada temporada como sucede en la Premier. En Portugal por ejemplo el límite es de 48 años pero a partir de los 45 debe cumplir unos requisitos para poder seguir pitando. En Alemania el límite es de 47 años y en Italia si bien esta en 45 se establece excepciones para aquellos que están en condiciones