Los clubes de la primera división femenina tendrán que avalar si acumulan deudas para poder competir
Una de las grandes novedades recientemente incluidas por la RFEF en su Reglamento General tiene que ver con las condiciones económicas de los clubes de la Primera división femenina.
En concreto aquellos que hayan acumulado deudas en las temporadas anteriores y que llegado el caso podrían tener que avalar como sucede con los clubes de la Segunda división. Es más, las condiciones son idénticas para las dos competiciones organizadas por la Federación Española de Fútbol.
Avales que deberán suscribir obligatoriamente porque, en caso contrario, no serán admitidos en la competición. El primero de los tres supuestos se trata de aquellos clubes que "en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta, al menos en dos ocasiones, como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe inferior a 100.000 euros acumulables". El importe a avalar será de 125.000 euros.
El segundo supuesto afecta a todos aquellos clubes que, "en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe superior a 100.000 euros acumulables". En este caso el importe del aval a suscribir será de 200.000 euros.
El tercer escenario que presenta la norma afecta a todos aquellos clubes "que, en cualesquiera de las cinco temporadas inmediatamente anteriores hayan sido descendidos de categoría como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por la Comisión Mixta o por los órganos jurisdiccionales federativos. En estas situaciones, el importe del aval a suscribir será de 400.000 euros, ello sin perjuicio del resto de obligaciones reglamentarias.
La norma incluye un cuarto supuesto y que será de manera excepcional para "aquellos clubes que la RFEF determine de forma motivada, cuando las circunstancias excepcionales así lo justifiquen. Los avales deberán ser entregados, bajo el modelo y la forma que se determine mediante circular, entre el 1 y el 5 de julio de cada temporada".
Estos avales, como bien deja claro la norma, se configuran "como un requisito de acceso o permanencia en la competición", por lo que la no suscripción de los mismos "conllevará la no aceptación en la Segunda División Nacional “B” y, en su caso la Primera División Femenina, debiendo competir en la categoría inmediatamente inferior" .Será la Junta Directiva de la RFEF determinará el modo y forma en que se cubrirán las vacantes que se produzcan.
Unas condiciones que la RFEF en su condición de organizador de la competición pero que puede tener fecha de caducidad en el caso del fútbol femenino.
Y esa fecha pasa por el momento donde sea reconocida como Liga Profesional porque en ese momento todo indica que sería la propia Liga la que determine las condiciones económicas que deben seguir sus clubes para poder competir, incluido ante situaciones de impago. Un reconocimiento que, tal y como reconoció el CSD,esperan pueda tener efecto desde la próxima temporada 2021-2022.
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