Cómo declarar tus ganancias en criptomonedas en la renta 2021-2022

Si utilizas criptomonedas, atentos a este importante cambio

El próximo 6 de abril comienza la campaña de la declaración de la renta 2021

Hacienda quiere que reflejes en tu declaración de la renta las criptomonedas, ¿cómo?

Hacienda quiere que reflejes en tu declaración de la renta las criptomonedas, ¿cómo? / Google

D. Cruz (@DCruzMarketing)

Cada vez queda menos para dar comienzo la campaña de declaración de la Renta 2021. El próximo 6 de abril, millones de españoles están llamados a cumplimentar este modelo importantísimo para mantenerse al corriente de sus obligaciones fiscales, pero en esta ocasión, hay un importante cambio a reflejar: ¿cómo declaramos las criptomonedas? Debido al aumento de su utilización durante los últimos años, ya existe regulación tributaria.

¿Cómo declarar las criptomonedas en la Renta 2021?

El pasado 18 de marzo, el BOE publicó una nota en la que señalaba que la declaración de la Renta 2021 incluirá una casilla para que añadas de forma sencilla el patrimonio derivado de todas las moneas virtuales que utilices. Hasta ahora, añadirías esta cantidad en 'demás bienes y derechos de contenido económico'. pero Hacienda quiere tener más controlado el origen del dinero, y por ello ha añadido este importante cambio.

Solo hay que declarar las criptomonedas si obtienes beneficios de ellas, no cuando hay pérdidas, aunque es recomendable que las incluyas siempre porque en el futuro, las pérdidas se pueden acabar compensando con ganancias.

¿Qué 4 bloques existen para declarar las rentas derivadas de las criptomonedas?

  • Ganancias y pérdidas por transmisión: compraventa (trading o permuta).
  • Rendimientos de capital: los rendimientos producidos por la custodia de criptomonedas.
  • Ganancias y pérdidas sin transmisión: airdrops.
  • Actividad económica: ganancias derivadas de la actividad para terceros o servicio de compraventa para otra persona.

La tributación también es importante: del 19% (hasta 6.000 euros), del 21% (hasta 44.000 euros), del 23% (hasta 200.000 euros) y del 26% (más de 200.000 euros). Estos tramos son para la tributación de las ganancias y pérdidas por transmisión y rendimientos de capital.