Reforma legal

El Gobierno pondrá un tope a los intereses de demora por impago de créditos morosos

El Banco de España pasará a controlar y supervisar las empresas de recobro de deudas financieras

Una mujer mira un anuncio de una hipoteca, en una imagen de archivo.

Una mujer mira un anuncio de una hipoteca, en una imagen de archivo. / ANDREEA VORNICU

Rosa María Sánchez

Rosa María Sánchez

La actividad de compraventa y recobro de créditos financieros dudosos pasará a ser regulada y supervisada por el Banco de España. Así lo establece el Gobierno en el anteproyecto de ley de administradores y compradores de crédito, que ha sido aprobado este martes en el Consejo de Ministros con el doble fin de facilitar que las entidades financieras puedan sacar de sus balances los préstamos de dudoso cobro, al tiempo que se busca proteger a los prestatarios de prácticas de recobro abusivas o usurarias.

Así, por ejemplo, el texto limita los intereses de demora que se podrán cobrar en caso de impago por parte del consumidor. La ley también obligará a que los prestamistas de créditos de consumo o hipotecario cuenten siempre con una política de renegociación de deuda, previa a posibles acciones judiciales o a la exigencia del pago.

Actividad regulada y supervisada

A partir de ahora, cuando se apruebe la nueva ley, las empresas de recobro que compren un paquete de préstamos morosos (a un banco, por ejemplo) tendrán que nombrar un 'administrador de créditos', cuya actividad deberá ser autorizada por el Banco de España, si los titulares de esos préstamos son personas físicas o pymes. Para recibir la autorización del Banco de España, la empresa de recobro deberá disponer de "una política adecuada que garantice la protección y trato justo de los prestatarios", según el comunicado emitido por el Ministerio de Economía.

Asimismo, se regula la compraventa de créditos dudosos, asegurándose el mantenimiento de las condiciones y derechos de los prestatarios y trasladando al comprador las obligaciones de transparencia, protección e información, incluyéndose el cumplimento de los códigos de buenas prácticas a los que el acreedor inicial estuviera adherido.

Además, el Banco de España se encargará de supervisar la actividad de estos 'services' y de los compradores de crédito, estableciendo el correspondiente régimen de infracciones y sanciones.

En el negocio de recobro de deudas destaca Intrum como firma líder mundial, combinación de Lindorff e Intrum Justitia. Otras firmas conocidas en el sector son las de los despachos Zahonero y Sánchez, Axactor, Lexer o Bierens. Otras firmas de recobro más populares, como la de El cobrador del frac, quedan, en principio, fuera del ámbito de esta reforma legal pues su servicio de recobro no está especialmente orientado a las deudas financieras, sino a pasivos de otro tipo (deudas particulares o comerciales, sobre todo).

Protección a los consumidores

El anteproyecto de ley, que será sometido a procedimiento de audiencia pública por parte del Ministerio de Economía, traspone la directiva europea sobre administradores y compradores de créditos.

Además, Economía ha aprovechado el texto para modificar la ley de contratos de crédito al consumo y la ley de contratos de crédito inmobiliario con el fin de introducir garantías a favor de los prestatarios, sobre todo cuando se trata de colectivos vulnerables (beneficiarios del ingreso mínimo vital o con un bajo nivel de ingresos).

Así, el texto limita los intereses de demora a cobrar en casos de impagos por parte del consumidor. También, se definen los supuestos de modificación del tipo de interés en contratos de duración indefinida (como en el caso de las tarjetas 'revolving'), permitiendo a los clientes no aceptar las subidas o cancelar el contrato. Además, los contratos de créditos para el consumo deberán clarificar las condiciones de las indemnizaciones por amortización anticipada del préstamo, como ya sucede en las hipotecas.

La ley también obligará a que los prestamistas de créditos de consumo o hipotecario cuenten con una política de renegociación de deuda, debiendo ofrecer al prestatario, antes del inicio de acciones judiciales o de la exigencia del pago, medidas encaminadas a alcanzar un acuerdo.

La norma establece condiciones especiales para los prestatarios en situación de vulnerabilidad económica, que son los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y las personas que se encuentren por debajo de unos umbrales mínimos de ingresos y en los que concurran ciertas situaciones de vulnerabilidad adicionales. En estos casos la entidad prestamista que vaya a vender el crédito dudoso a un tercero deberá ofrecer al prestatario la posibilidad de reembolsar el crédito aplicando una quita o condonación parcial alineada con el importe estimado de la venta del crédito.