¿Cuándo puede cobrarte el banco por darte el dinero de una herencia?

Cuando una persona fallece, los herederos de la misma deben hacer toda la administración correspondiente para recibir la herencia

El Banco de España ha querido dar respuesta para que los usuarios puedan hacer esta gestión con seguridad

La fachada del Banco de España en Madrid, en una imagen de archivo.

La fachada del Banco de España en Madrid, en una imagen de archivo. / David Castro

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Cuando una persona fallece, los herederos de la misma deben hacer toda la administración correspondiente para recibir la herencia. Este trámite puede contener bienes, dinero en efectivo o en cuentas bancarias. En este contexto, muchas personas se preguntan si el banco puede cobrarles por hacer entrega de este dinero.

El Banco de España ha querido dar respuesta para que los usuarios puedan hacer esta gestión con seguridad. Antes de nada, hay que tener en cuenta que para poder retirar el dinero de las cuentas bancarias de un fallecido, los herederos deben aportar la documentación requerida que acredite su situación.

Desde su página web advierten que no hay ningún procedimiento legal específico. Sin embargo, sí que hay ciertos aspectos que se deben tener en cuenta al cobrar una herencia. Las entidades bancarias tienen que ofrecer a los herederos un medio gratuito para poder recuperar el dinero, sin cobrar por el mismo.

Por lo tanto, los bancos no pueden exigir a los herederos que abran una cuenta corriente en su entidad. En caso de que la entidad bancaria lo ofrezca, el heredero puede negarse y el banco tendrá la obligación de ofrecer otras alternativas para recibir el dinero, mediante transferencia o cheque.