EDUCACIÓN VIAL

Normativa y educación vial para los usuarios de los patinetes eléctricos

Muchas ciudades españolas aún no están preparadas para acoger esta opción de transporte.

Patinete eléctrico

Patinete eléctrico / METRICSON

Las opciones de movilidad tradicionales en las grandes ciudades están cada vez más restringidas, mientras que cada vez contamos con más opciones de movilidad sostenibles como, por ejemplo, los patinetes eléctricos, que han sido la última incorporación a las calles. Sin embargo, han llegado a la ciudad con gran polémica, siendo incluso retirados de diversos espacios públicos, pues de momento no se sabe cómo gestionar su uso. Por ello, la firma de servicios jurídicos Metricson ha explicado la normativa a la que deberían acogerse las empresas que ofrecen este tipo de servicios de movilidad en las ciudades españolas.

El primer riesgo para estas empresas es que los propios ayuntamientos de las ciudades pueden impedir, de manera provisional, la circulación o el estacionamiento de este tipo de vehículos, en caso de que no exista un uso especialmente regulado. Por lo que el principal riesgo que ofrecen estos servicios es económico.

Si, por el contrario, existe normativa en la ciudad en la que están presenten -como Barcelona y Madrid-, el equipo de Metricson recomienda a las empresas trabajar en la educación de sus usuarios, informándoles de qué pueden y de qué no pueden hacer como, por ejemplo, indicarles las vías por las que pueden circular y concienciarles del uso obligatorio del casco.

En Barcelona, los patinetes eléctricos pueden circular a un máximo de 10 km/h por calles con plataforma única, parques y carriles bici situados en la acera. En los carriles bici situados en la calzada podrán circular a un máximo de 30 km/h. En consecuencia, no podrán circular por la calzada ni la acera de forma ordinaria. En cuanto a su estacionamiento, está prohibido aparcar en la acera cuando impida el paso de peatones, así como atarlos a árboles, bancos, semáforos, etc. Además, el uso del casco es obligatorio y sólo podrán circular mayores de 16 años. Las multas por incumplimiento oscilan entre 100 y 500€.

En Madrid, la nueva normativa pendiente de aprobación les permitirá circular por ciclocalles, calles residenciales con un límite de 20 km/h, carriles bici protegidos y pistas bici, aceras bici, y sendas bici. Se podrá aparcar en reservas bici y moto y sobre la acera en determinadas condiciones. En consecuencia, no podrán circular de forma ordinaria por calzadas ni por aceras. Además, será obligatorio el uso de casco y la edad mínima para circular con ellos será de 15 años. Las sanciones para el incumplimiento de estas normas oscilan entre 0 y 3.000 euros.