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De Asunta al niño Gabriel: ¿Cuáles son los límites de los 'true crime' que arrasan en las plataformas?

La reciente denuncia de Patricia Ramírez, la madre de Gabriel Cruz, de la violencia mediática que sufren los familiares afectados por estos delitos, reaviva la polémica sobre los límites legales y éticos de este tipo de producciones audiovisuales

En Andalucía, la Ley de Infancia y Adolescencia autonómica, aprobada en 2021, amplía la regulación en este ámbito, dotando de nuevos instrumentos de reclamación y reparación a los afectados, y limitando el uso de este tipo de imágenes asociadas al consentimiento de las familias

Fotograma de la exitosa serie 'El caso Asunta’, con Candela Peña y Tristán Ulloa en la piel de los padres de Asunta, la niña gallega asesinada hace once años.

Fotograma de la exitosa serie 'El caso Asunta’, con Candela Peña y Tristán Ulloa en la piel de los padres de Asunta, la niña gallega asesinada hace once años. / NETFLIX

Ana Carretero

La fiebre por el true crime televisivo no es nuevo, ahí están las producciones sobre Marta del Castillo o Dolores Vázquez, entre las más comentadas en los últimos años.

Ahora, el éxito de la serie de Netflix, El caso Asunta, y la campaña pública que ha impulsado la madre de Gabriel Cruz, Patricia Ramírez, al conocer la intención de Ana Julia Quezada, la asesina de su hijo, de grabar un documental en la cárcel sobre el infanticidio que conmocionó a la opinión pública en 2018, ha reavivado el debate sobre los límites legales y éticos de estos formatos televisivos.

En tres de los casos citados , están implicados menores ya fallecidos, por lo que según los expertos, el derecho a su intimidad decae. Entonces, más allá del dilema moral, ¿es legal realizar documentales o series de ficción sobre asesinatos o sucesos en los que están involucrados menores de edad? ¿Podría un juzgado embargar la producción y evitar su difusión? ¿Se puede restaurar el daño a las personas afectadas?

El grito de denuncia de Patricia Ramírez

Patricia Ramírez, la madre de Gabriel, además de víctima, se ha convertido en los últimos años en la principal valedora pública de las familias víctimas de delitos violentos. Sus argumentos se apoyan en la normativa vigente, ya que precisamente la clave de los últimos procedimientos judiciales al respecto está en el derecho a la intimidad del entorno de la víctima asesinada.

Unas 700 personas arropan a la madre del niño Gabriel, Patricia Ramírez, en una concentración contra un documental sobre su hijo, el pasado 11 de mayo en Almería.

Unas 700 personas arropan a la madre del niño Gabriel, Patricia Ramírez, en una concentración contra un documental sobre su hijo, el pasado 11 de mayo en Almería. / / MARIAN LEÓN

"Desde el principio no hemos querido protagonismo con esto, hemos rechazado todo tipo de ofertas que se nos han hecho y hemos manifestado continuamente que no queríamos participar de hacer ni documentales ni series con la muerte de Gabriel", trasladó hace una semana Patricia Ramírez a través de un vídeo difundido en redes sociales.

Hemos manifestado continuamente que no queríamos participar de hacer ni documentales ni series con la muerte de Gabriel

Patricia Ramírez

Una ley de 1982 en la era influencer y la explosión de la IA

Sobre esto, Ramón Herrera, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Almería, coautor con Alba Paños del libro, La privacidad de los menores en redes sociales. Especial consideración al fenómeno Influencer, "aquí lo trascendente es el consentimiento de los allegados". "Imagina que la familia lo consiente porque considera que es positivo para el caso", apunta.

Para Herrera, "otra cuestión es si, con las leyes que tenemos, para permitirlo o no deben pronunciarse y oponerse abiertamente o no", abunda en relación con las recientes declaraciones y la campaña impulsada por esta madre, que convocó una manifestación con gran asistencia en Almería el fin de semana pasado.

Además, "en lo relativo a Gabriel Cruz es algo especialmente grave porque supone el lucro de la asesina", puntualiza.

Respecto al contexto legislativo actual, Ramón Herrera lo tiene claro: "La Ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es del año 82 y, al no haberse modificado desde entonces, se ha quedado muy obsoleta. No cubre contextos que antes no ocurrían".

Algunos de estos contextos a los que se refiere están vinculados a tecnologías relativamente recientes como la Inteligencia Artificial, o el uso de las redes sociales y la exposición de los niños y los jóvenes, ya no solo en el plano personal, sino como influencers.

La colisión de derechos y la vulnerabilidad de los menores

Otras normas que afectan a esta cuestión es la de Protección de Datos o la Ley de Producciones Audiovisuales. Esta última, por ejemplo, contempla medidas de inspección y control, sanciones y de promoción y sensibilización. No obstante, su desarrollo normativo ha sido ampliamente criticado por el sector.

La Ley de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen es del año 82. Se ha quedado muy obsoleta. No cubre contextos que antes no ocurrían

Ramón Herrera

— Profesor de Derecho Civil de la UAL

Con los años, sí se ha ido estableciendo jurisprudencia al respecto. Herrera explica a El Correo de Andalucía que las interpretaciones de los jueces de las leyes en esta dirección siempre intentan "un balance entre la libertad de expresión, el derecho a la información y la protección de los derechos del menor".

Por todo ello, en el caso específico del posible documental de la victimaria de Gabriel Cruz, para Herrera prima el interés superior del menor. Un precepto recogido en la polémica Ley del Menor.

De hecho, este jueves el Ministerio del Interior ha ordenado registrar la celda de Ana Julia Quezada, a la que mantienen en aislamiento, para localizar el teléfono móvil con el que podría haber grabado ilegalmente para un supuesto reportaje.

Este experto en menores, intimidad y su exposición pública abunda en cuando un medio de comunicación o una empresa audiovisual puede estar amparada por ley para la difusión de determinados contenidos, acogiéndose al derecho a la información y a la libertad de expresión. "Imagina que hay novedades en el caso, ahí sí habría que sopesar de nuevo el balance entre unos derechos y otros por ser un hecho noticioso", aclara.

Los avances de la Ley de Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Ley de la Infancia de Andalucía, aprobado en 2021, obliga a contar con autorización expresa de los padres o herederos de un menor, incluso después de su muerte.

En su artículo 46 se contempla la protección del derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen de las niñas, niños y adolescentes, "incluso en los casos de fallecimiento o desaparición traumática". "La difusión de la imagen de la persona o personas menores deberá autorizarse expresamente por sus progenitores o sus herederos".

Por tanto, en el caso andaluz, Patricia Ramírez podría incluso reclamar a la Justicia el embargo del material audiovisual que incumpla lo dispuesto en esa ley.

Patricia Ramírez, la madre de Gabriel Cruz, puede reclamar a la Justicia el embargo del material audiovisual que incumpla lo dispuesto en la ley andaluza

El precedente de 'Equipo de Investigación'

Con estas leyes en la mano, la madre de Gabriel Cruz ya logró que el programa Equipo de Investigación retirara un reportaje sobre Ana Julia Quezada. La Sexta repetía la emisión con frecuencia después de estrenarlo en 2019, solo un año después del asesinato de su hijo.

De nuevo, un llamamiento público de Patricia supuso el cambio de criterio en la redifusión del popular docushow, incluso el equipo del programa pidió disculpas públicas.