Competición podría sancionar a Atlético y Barça

El gol de Dembelé no sirvió para que el Barça conservara el líderato

El gol de Dembelé no sirvió para que el Barça conservara el líderato / LALIGA

Ramón Fuentes

Atlético de Madrid y Fútbol Club Barcelona se exponen a Sanciones económicas por parte del Comité de Competicion. Es más, en el caso del equipo rojiblanco podría incluso llegar por el apercibimiento del cierre del Metropolitano.

Partamos de la situación a la que se expone el equipo rojiblanco, todo a raíz del lanzamiento de objetos tras la consecución del gol del empate de Dembele. Así lo recoge el acta de Jesús Gil Manzano:

"3.- PÚBLICO

Lanzar objetos: En el minuto 89, y tras la consecución del gol del equipo visitante, cayeron varias botellas en la zona del arbitro asistente nº 2, no impactando ninguna de ellas en ninguno de los participantes del encuentro".

Esto nos lleva al artículo 15 del Código Disciplinario relativo a la responsabilidad de los de los clubes y que dice lo siguiente: "Cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general, se causen daños materiales o lesiones.”

En el mismo artículo deja claro que la gravedad de los mismos vendrá determinada por si se producen o no lesiones, la influencia o no en el desarrollo del partido las personas que se vean implicadas. Factores todos ellos que juegan en favor del Atlético de Madrid.

No es descartable que el Comité de Competicion lo considere como un acto grave. De ser así podría llevar a cabo un cierre parcial del estadio por un partido; siempre y cuando esté claro el sector de la grada donde se produjo, además de una sanción económica de hasta 3006 euros. Lo más lógico es que quede en una multa económica, según establece el artículo 101 y habla que puede llegar hasta los 6000 euros además de un apercibimiento de cierre en caso de reincidencia esta misma temporada. 

En el caso del Fútbol Club Barcelona, se expone a una multa de hasta 3000 euros por un retraso en su comparecencia en la segunda parte en el Metropolitano. Así lo dejo también expuesto Gil Manzano en su acta arbitral. El árbitro internacional extremeño lo expresó de la siguiente forma: 

“La segunda parte comenzó con 2 minutos y 20 segundos de retraso, ya que el equipo visitante demoró su salida de vestuarios, habiendo sido previamente advertido en varias ocasiones”. 

Situación considerada como grave según establece el artículo 85 y que dice lo siguiente: “cuando se retrase la salida al terreno de juego, tanto al inicio del partido como en el segundo tiempo, se impondrá al club multa en cuantía de hasta 3000 euros... se considerará una actuación no correcta del primer entrenador del equipo infractor, que podrá acarrear su expulsión del terreno de juego y será sancionado con suspensión de 1 a 3 partidos”. 

Veremos qué posición adopta él órgano disciplinario de la RFEF. Aún teniendo en cuenta que Gil Manzano detalla el tiempo exacto de demora, está infracción podría quedar en un mero apercibimiento y sólo en caso de reincidencia podría llevar sanción económica y lógicamente la expulsión de Ernesto Valverde con la consiguiente sanción.