Cambios en estas prestaciones: La Seguridad Social los anuncia

El cuidado del lenguaje y las palabras que se utilizan para dirigirse a una persona con discapacidad, lesión o enfermedad incapacitante es uno de los objetivos del Gobierno

El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley en el que se incluyen modificaciones sobre la denominación de este tipo de prestaciones

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. / EP

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El cuidado del lenguaje y las palabras que se utilizan para dirigirse a una persona con discapacidad, lesión o enfermedad incapacitante es uno de los objetivos del Gobierno. En este sentido, el Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley en el que se incluyen modificaciones sobre la denominación de este tipo de prestaciones.

La Seguridad Social apunta que la prestación de incapacidad permanente de gran invalidez pasará a llamarse "complemento de asistencia de tercera persona". Por otra parte, la prestación de invalidez no contributiva pasará a denominarse como "pensión de incapacidad no contributiva".

Estas modificaciones en los nombres oficiales de las prestaciones tienen como objetivo "fomentar un lenguaje más respetuoso e inclusivo hacia personas perceptoras de estas pensiones de la Seguridad Social". Además, añaden que el nuevo complemento de asistencia de tercera persona "implica una pensión de incapacidad permanente absoluta con un suplemento económico".

El Anteproyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros incluye una disposición adicional única en la que el Ejecutivo, en el plazo de seis meses, pasará por la negociación de la Mesa de Diálogo Social, "presentará una propuesta de modificación de la normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y su compatibilidad con el trabajo", informan desde el ministerio.