
La normativa de la DGT afecta a los conductores nacidos entre 1956 y 1961 / Mariona Carol
Cambios en el permiso de conducir a partir de 2026: la normativa de la DGT afecta a los conductores nacidos entre 1956 y 1961
En España no existe una edad máxima para conducir. La DGT establece que la continuidad al volante depende del estado físico, sensorial y cognitivo de cada persona, que debe acreditarse mediante los reconocimientos médicos obligatorios.
A partir de los 65 años, los permisos de coche y motocicleta deben renovarse cada cinco años, mientras que los permisos profesionales de camiones y autobuses tienen una vigencia máxima de tres años. Por tanto, quienes hayan nacido en 1961 y cumplan 65 años en 2026 pasarán a renovar su carnet con mayor frecuencia.
Los conductores mayores de 70 años están exentos de pagar las tasas de renovación, aunque deben asumir el coste del reconocimiento médico. Mientras superen las pruebas psicotécnicas y no exista una retirada administrativa o judicial del permiso, podrán continuar conduciendo sin límite de edad.



