¿Podría descender el Valencia a Segunda B por impagos?

El Valencia de Javi Gracia ilusiona

El Valencia de Javi Gracia ilusiona / EFE

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

La noticia conocida en el día de ayer del Valencia y su decisión de pagar a los jugadores con pagarés puede suponer un gran problema para la entidad de cara a la temporada 2021-2022 en caso de que no pudieran ejecutarse y algún jugador lo denunciara ante la Comisión Mixta. Por suerte para el club che, las fechas para presentar denuncias de la temporada que acaba de finalizar ya han expirado. Concretamente la AFE comunicó a todos los jugadores que tenían de plazo hasta el pasado 30 de junio para presentar estas denuncias a la Comisión Mixta AFE-LaLiga con vistas a que el sindicato pudiera presentarlas antes del 10 de julio.De no ser así, el club valencianista tenía ya un serio problema en la inminente campaña que arranca el próximo 12 de septiembre.

Porque la normativa es bien clara al respecto. Una vez que AFE recibe estas denuncias se traslada a la Liga quien debe comunicárselo al club que tiene diez días desde la fecha de recepción para contestar y probar lo que considere. Sino responde se entiende que está conforme con estas cantidades. 

Una Comisión Mixta que se reúne tres veces al año. El 20 de diciembre para las reclamaciones efectuadas antes del día 13, el 8 de enero para las presentadas el 2 de ese mismo mes y el 31 de julio para las existentes antes del 15 julio. 

Aquí nos podemos encontrar con dos escenarios. Un primero pasa porque los jugadores lo denuncien el próximo mes de diciembre y enero. En este caso el convenio colectivo establece que estas cantidades se tienen que detraer de la cuenta que el club tiene en la propia Liga. 

Lo preocupante para una entidad, y en este caso para el Valencia, es si estas denuncias llegaran hasta el verano próximo y, una vez denunciadas, no se pudieran abonar. 

En este caso, y conforme establece el propio convenio colectivo vigente AFE-Liga, así como el artículo 192 del Reglamento General de la RFEF y el 55.6 de los Estatutos de la Liga, si el club no hace frente a estas deudas la "Comisión emitirá una certificación acreditativa de que el Club o SAD no está al corriente de pago de sus obligaciones económicas a efectos de impedir su inscripción conforme al artículo 41 de Convenio colectivo", así como en el resto de artículos antes mencionados, y que supone que no podrá participar en el fútbol profesional, siendo descendido a Segunda B.

Llegados a esta situación extrema sería el Fondo de Garantía Salarial también existente en entre el sindicato y la propia patronal quien cubriría estas deudas: Siempre que se consume el descenso del Valencia a Segunda B y que no pudiera hacer frente a este impago. La cantidad de la prestación, al tratarse de un equipo que han disputado competiciones europeas en alguna de las dos temporadas anteriores a su descenso es superior a los 500.000 euros.