Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Galicia

La primera sentencia del 'Pitanxo' evita la gran pregunta: ¿por qué se hundió?

La sentencia del juzgado de Pontevedra niega que el pesquero no reuniese las condiciones técnicas de navegabilidad pero en ningún caso aventura una causa del naufragio

Recreación del naufragio del «Villade Pitanxo» por losperitos.

Recreación del naufragio del «Villade Pitanxo» por losperitos. / Redacción

Lara Graña

Vigo

Desde el siniestro del Marbel, estampado contra las Cíes en enero de 1978, la mar no había vuelto a cobrar a la pesca española un arbitrio tan demencial. El 15 de febrero de 2022, pasadas las cuatro de la madrugada —hora internacional UTC—, el caladero de Terranova se comió al Villa de Pitanxo, un pesquero de Marín de 50 metros de eslora con 24 personas a bordo. Solo tres (Juan Enrique Padín, el patrón, y los marineros Eduardo Rial y Samuel Koufie) regresaron a casa con vida; el agua solo quiso devolver los cuerpos de otras nueve. Se quedó todo lo demás, incluido el testimonio postrero del propio pecio.

Después de meses de vaivenes, la Audiencia Nacional asumió, en septiembre del mismo 2022, la responsabilidad de investigar para determinar las causas y eventuales responsabilidades de esta catástrofe. Y este, el de la vía penal, es un procedimiento que continúa en curso. Ni siquiera se ha dado por cerrada, a fecha de este martes y tras casi media docena de prórrogas, la fase de instrucción. De modo que, en lo que corresponde al factor culpa, al vacío en un relato que continúa consumiendo a las familias de los tripulantes, todo está por decidir. Porque la sentencia que hemos conocido esta semana versa sobre un proceso civil y en ningún caso especula o se adentra en una presunta maniobra negligente de Padín aquella noche o, como mantiene la versión del capitán, en un súbito e inédito —no hay precedentes— fallo del motor principal Wärtsilä modelo 9L20.

No hay un por qué, todavía. El dictamen trasladado este lunes a las partes, que constituye una victoria sin paliativos para los intereses de la armadora —defendidos por Alberto Penela, de AMYA Abogados—, lleva la firma de la magistrada Rosario Rodríguez López y emana del juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra. A él acudió Pesquerías Nores Marín para reclamar a sus aseguradoras el pago por los seguros tanto del casco del Villa de Pitanxo como por la pesca que iba en las bodegas en la noche del hundimiento. De ahí salen los más de 5 millones de euros que deberá percibir la compañía, sin perjuicio de que Mapfre, Seguros Mutuos Marítimos de Vigo y Mutuapesca presenten recurso de apelación. La jueza es clara e insistente a la hora de exponer que la sentencia se centra únicamente en «determinar […] si las pólizas de seguros suscritas […] tienen o no cobertura legal». Por eso explica que «la causa del naufragio […] resulta ajena a esta controversia civil]». Esta deberá zanjarse desde el Alto tribunal español, no en este tribunal de Pontevedra. Y todavía faltan muchos meses para tener esa respuesta.

Una demostración

Este procedimiento lo inicia Pesquerías Nores frente a las aseguradoras, pero no incluye entre ellas a British Marine, que también tiene contratada. La explicación es muy sencilla: esta es la compañía británica con la que suscribió una póliza específica para responder ante una eventual sentencia condenatoria —Nores tiene la condición de imputada— y el pago de indemnizaciones millonarias a los familiares de las 21 víctimas. Por eso la demanda se centra en las empresas con las que tiene las pólizas por el valor del propio barco y las capturas; el Pitanxo tenía cupo para la pesca de fletán negro, raya o locha. "Al asegurado basta con acreditar la existencia de un daño —indica el fallo del Mercantil—, y corresponde a la aseguradora demostrar que el riesgo que originó el daño —el naufragio, en este caso, con la pérdida total del buque— está fuera de la póliza". Los abogados de las aseguradoras, cuyas estrategias son abiertamente criticadas por la magistrada, no pudieron demostrarlo.

"Innavegabilidad"

Las aseguradoras se centraron, tanto en el juicio como en las periciales aportadas, en demostrar la "innavegabilidad técnica" del Villa de Pitanxo, no en la presunta negligencia en las maniobras de Juan Padín ni tampoco en los "peligros" inherentes de la mar. Es decir, rechazaron pagar a Nores y fueron llevadas a juicio porque, a su criterio, el pesquero no reunía las condiciones técnicas para faenar en Terranova. Y, en este punto, alude a buena parte de las negligencias identificadas por los peritos de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim), tanto en la pericial individual solicitada por el juez Ismael Moreno como en el propio informe especializado que la Ciaim elabora de oficio. Esto es, que el Pitanxo navegaba sobrecargado, con la línea de francobordo casi calada al completo y la tolva de desperdicios (o trancanil) sumergida durante la navegación o los trabajos de pesca. O que el pesquero había realizado obras ilegales a bordo para ganar capacidad de almacenamiento, tanto de pescado congelado como de combustible. La jueza llama la atención sobre el hecho de que la representación legal de las aseguradoras haya aportado solo fotografías sin fechar del Pitanxo, donde se apreciaría una escora a babor, para demostrar ese sobrepeso. Los peritos requeridos por Nores han negado todas estas acusaciones. Las facturas de compra de gasóleo aportadas a esta causa coinciden, además, con la capacidad declarada de los tanques.

El hielo

Una de las personas que constan en la sentencia, y una de las de mayor autoridad de las nombradas en este procedimiento, es Agustín Navarro, de Capitanía Marítima de Vigo. Durante su declaración en el juicio certificó que el Villa de Pitanxo tenía todos los certificados en regla y rechazó asimismo que se hubiesen realizado esas obras en el interior del buque. El mismo Navarro fue el inspector que firmó, en marzo de 2018, el informe de estabilidad del pesquero que incluye la prohibición expresa de "faenar en zonas de formación de hielos", como desveló la investigación de Faro de Vigo en exclusiva. NAFO es, según las convenciones internacionales, zona de formación de hielos. El barco realizó 19 mareas en Terranova pese a haber sido vetado para hacerlo pero, en efecto, y como también certifica la sentencia del Mercantil de Pontevedra, nunca fue sancionado por haberlo hecho repetidamente. En resumen: el Pitanxo no podía operar donde estaba pescando en la noche del naufragio —había ganado 16 toneladas de lastre en quilla, de ahí ese apercibimiento, teniendo en cuenta que el hielo genera mucho sobrepeso y reduce estabilidad— pero no se le retiraron las licencias de NAFO. En la última entrevista concedida a FARO, el ministro de Pesca, Luis Planas, aseguró que era preciso analizar circunstancias de este tipo, con falta de comunicación entre ministerios (Capitanía Marítima depende del de Transportes). Por último, como también indica este último fallo judicial, no ha quedado demostrado que hubiera hielo en cubierta la noche del siniestro. De todos modos, peritos presentados por la armadora aseguraron en sede judicial que «la decisión o no de navegar en determinada zona, bajo las instrucciones y recomendaciones del libro de estabilidad para evitar situaciones de peligro, es imputable al patrón».

El covid

Independientemente de la tripulación total de un barco —el Pitanxo estaba diseñado para 22 personas pero salieron de Vigo 25, como también demostró este periódico—, éste debe tener una dotación mínima de seguridad. Se trata de la cantidad de tripulantes que pueden manejar el buque en condiciones mínimas de seguridad: en este pesquero eran nueve. Uno de los aspectos destacados en el informe de la Ciaim, desgranado por Faro de Vigo en sucesivas informaciones pero que todavía no se ha hecho público, es la oleada de contagios que se produjeron en la embarcación. Los investigadores han calculado que 19 de las 24 personas que estaban a bordo la noche de la catástrofe estaban contagiadas por coronavirus, lo que habría mermado su capacidad de respuesta ante una llamada de emergencia y, a la postre, sus posibilidades de supervivencia. No obstante, esta sentencia del Mercantil da por buenos los datos aportados por Centro Radio Médico, de Madrid, al que Padín informó de los positivos durante la navegación a zona de pesca. Eso sí, el fallo se refiere a «positivos asintomáticos», extremo que niegan las familias, que han incidido en que uno de los enfermos esputaba sangre cuando fue aislado en un pañol de cubierta. Otro tripulante, en este caso el más joven de la dotación, era asmático. De nuevo, y al no haber comparecido en esta causa la representación de estos familiares, si el covid tuvo relevancia o no en las dantescas consecuencias del hundimiento del pesquero será algo que deberá decidir otra sala.

Juan Padín tiene la consideración de investigado por 21 homicidios por imprudencia grave, así como por falsedad documental, al haber mentido presuntamente en la protesta de mar que firmó a su llegada a Canadá tras el siniestro. Con una versión compartida hasta la fecha, por cierto, por su sobrino Eduardo. Además de Pesquerías Nores como entidad jurídica, su director general y director de Flota también están encausados en el caso que instruye Ismael Moreno.

Suscríbete para seguir leyendo

Vía: Faro de Vigo