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Cierre parcial del Pizjuán por tres partidos tras los incidentes en el derbi
El Comité de Disciplina castiga al Sevilla tras la suspensión temporal del derbi contra el Betis por lanzamientos de objetos al terreno de juego

El Sevilla - Betis, suspendido temporalmente por incidentes en la grada / EFE
Ya hay castigo para el Sevilla. El Comité de Disciplina ha resuelto sancionar al club hispalense con el cierre parcial del Sánchez Pizjuán por tres partidos. El informe elaborado a partir del acta del encuentro, redactada por Munuera Montero, derivó en esta sanción. El derbi tuvo que detenerse durante unos quince minutos después de activarse el protocolo por lanzamiento de objetos.
El partido fue suspendido temporalmente a falta de 5 minutos para el final por el lanzamiento de objetos desde la grada por parte de la afición hispalense. El encuentro fue detenido durante 15 minutos cuando el Betis mandaba en el marcador gracias a los tantos de Fornals y Altimira, y el resultado se mantuvo tras la reanudación.
El desencadenante de esta reacción airada por parte del Gol Norte del Sánchez Pizjuán fue la expulsión de Isaac Romero por roja directa. La medida tomada por Munuera Montera no fue bien acogida por parte del público, que reaccionó lanzando botellas de agua y mecheros.
Cierre parcial y multa económica
Además de este cierre parcial del Ramón Sánchez-Pizjuán, el Comité también ha sancionado al Sevilla con una sanción pecuniaria de 45.000 euros, "por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en el artículo 76.2, en consonancia con el artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF".
En ese sentido, el órgano disciplinario de la Real Federación Española también insta al Sevilla a comunicar al Comité los sectores que conforman el 'Fondo norte' desde los que se produjeron los lanzamientos "con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de la resolución dictada".
El comunicado del Comité
Imponer al Sevilla una sanción de clausura parcial de su recinto deportivo por un periodo de tres partidos y una sanción pecuniaria de 45.000 euros, por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en el artículo 76.2, en consonancia con el artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF. Por ello, se requiere al citado club para que, con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de la resolución dictada, en el plazo de 24h, comunique a este Comité los sectores que conforman el «Fondo norte» desde los que se produjeron los lanzamientos a los que se refiere el apartado «6.- Otras observaciones o ampliaciones a las anteriores» del acta arbitral, y se cumplirá en los términos previstos en el artículo 57.1 Código Disciplinario de la RFEF. (Artículo: 76).
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