El juez de disciplina de LaLiga considera inocente al Fuenlabrada

El culebrón Fuenlabrada parece llegar al final.

El culebrón Fuenlabrada parece llegar al final. / EFE

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

El juez de disciplina social de la Liga ha dictado resolución definitiva en el expediente abierto al Fuenlabrada por presunta negligencia en el viaje a A Coruña el pasado 20 de julio.

En su resolución de ayer 7 de agosto, a la que ha tenido acceso IUSPORT y ha podido confirmar SPORT, ha acordado archivar el expediente abierto al Fuenlabrada al no observar "la existencia de incumplimiento con relevancia infractora".

El juez de disciplina social de la Liga considera, "de acuerdo con el Instructor, que no queda probado, más bien todo lo contrario, que el Fuenlabrada haya vulnerado los protocolos de LaLiga aprobados por la Comisión Delegada; y sin vulneración a esos protocolos no existen ni las infracciones estatutarias identificadas por el Juez de Disciplina Social en su providencia de incoación, ni ninguna otra".

En base a ello, el juez de LaLiga ha acordado:

"1.- El sobreseimiento y archivo del presente expediente disciplinario.

2.- Notificar la presente Resolución al Fuenlabrada, al Deportivo, al Numancia, al Instructor del expediente y al Sr. Vicepresidente Primero de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 de los Estatutos Sociales".

El juez de LaLiga argumenta que "El respeto absoluto a los protocolos referidos no excluye un riesgo, como se encarga de decir el CSD en su protocolo. De la misma manera que, por ejemplo, no toda lesión física derivada de un lance del juego comporta una infracción deportiva o penal, también en el ámbito de los Protocolos que estamos considerando no todo resultado desfavorable desde el punto de vista del contagio comporta necesaria e ineludiblemente vulneración del Protocolo. La norma estatal admite no ser perfecta y expresamente admite el riesgo"

El juez invoca el protocolo del CSD, que "expresamente señala que la situación que se está viviendo era previsible. Tan previsible, que la prevé, diciendo que “es importante asumir que el retorno al entrenamiento deportivo, al igual que ocurrirá cuando se vuelva gradualmente a cualquier otra actividad laboral o social, puede traer consigo algún contagio. Integrada esta premisa, se señala que el gran objetivo de este documento, siendo conscientes de la imposibilidad de conseguir el riesgo cero absoluto, es limitar al máximo la probabilidad de infección por COVID-19 cuando se retorne a los entrenamientos y la posterior competición”.

Y añade:

"Desde este punto de vista, la producción de un resultado no es en sí misma determinante de ninguna infracción. Hay que examinar la concreta conducta a la que se reprocha ser infractora. Y examinada la conducta de la entidad incursa en este expediente disciplinario (el Fuenlabrada) no se advierte –dejando fuera los juicios de oportunidad, que no son propios de este procedimiento- la existencia de incumplimiento con relevancia infractora. Esto es, no existe precepto, dentro de los que es posible considerar en este ámbito disciplinario deportivo, que fundamente la imposición de sanción alguna al Fuenlabrada, por lo que resulta procedente el sobreseimiento propuesto por el Instructor".

De esta manera el club fuenlabreño solo queda a expensas del expediente extraordinario abierto el pasado 22 de julio por la RFEF. Expediente que, como ya contamos en SPORT, podría no conocerse hasta el próximo 24 de agosto. Y una vez concluya el play off de ascenso y cuyo último partido está previsto para el próximo 23 de agosto