Confirman la absolución de Rubén Castro

La Audiencia de Sevilla confirmó la noticia para el jugador del Cartagena

No había pruebas de cargo suficientes sobre quebrantamiento de su medida cautelar

Rubén Castro celebrando uno de sus nueve goles con el 'Efesé'

Rubén Castro, delantero del 'Efesé' / @Fccartagena_efs

EFE

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la absolución del exfutbolista del Betis Rubén Castro, actualmente en el Cartagena, que ya dictó un juzgado de lo Penal tras una denuncia de su expareja por un presunto quebrantamiento de la medida cautelar por la que en ese momento no podía comunicarse ni acercase a menos de 300 metros de ella.

Esta sentencia, facilitada a EFE por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y adelantada por Diario de Sevilla, resuelve el recurso presentado por la expareja del delantero canario a un fallo anterior del Juzgado de lo Penal número 11 de la capital andaluza en la que el futbolista ya fue absuelto de esta acusación.

Tras la apelación de la exnovia del exbético, la Sección Cuarta de la Audiencia sevillana ha confirmado la sentencia que ya dictó el pasado julio el titular de ese juzgado sevillano, que falló que no había pruebas de cargo suficientes de que Rubén Castro llevase a cabo "una conducta activa y dolosa" de haberse aproximado a su exnovia en un chiringuito de Conil (Cádiz).

La acusación particular, ejercida por la expareja, alegó en su recurso que había existido una "incongruencia omisiva" en la sentencia inicial, pues se circunscribía sólo a uno de los tres presuntos encuentros o coincidencias que ambos habrían tenido en un mismo día en chiringuitos de esa playa, y también pidió su nulidad por estimarla "incoherente, arbitraria y absurda".

Respecto al primer punto, la Audiencia de Sevilla sostiene que "la sentencia sí da respuesta a la pretensión deducida por la acusación, cuestionando la realidad no tanto de las coincidencias como que se tratara de verdaderos encuentros interpersonales, y, sobre todo, niega relevancia jurídica a los mismos, por remitirlos a la hipótesis de puramente fortuitos e instantáneos, resueltos de inmediato".

Tampoco atiende la solicitud de nulidad de la absolución dictada en primera instancia porque, entre otros motivos, "este tribunal no puede, ni debe, volver a valorar las pruebas que se practicaron ante el juzgador de instancia (declaraciones de denunciante, testigos y acusado), ni menos aún comparar el proceso crítico y valorativo de aquel órgano con la que pudiera ser nuestra hipotética propuesta valorativa de la prueba (como parece pretender el recurso)".

La medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicarse con su exnovia que dio pie a este proceso pesaba sobre Rubén Castro desde la instrucción de una causa de presuntos malos tratos denunciados por esta mujer, aunque en junio de 2017 el Juzgado de lo Penal 14 de Sevilla absolvió al entonces delantero del Betis tanto de ese delito como del de amenazas.

El juez argumentó entonces que ninguno de los presuntos episodios de maltrato denunciados por la mujer había quedado acreditado y, además de la absolución, acordó que cesasen las medidas cautelares que le impuso el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Sevilla, entre ellas una fianza de 200.000 euros y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros o comunicarse con la exnovia.