¡Solo un partido de sanción a Fede Valverde!

Al final Fede Valverde ha sido sancionado con un encuentro por la Jueza única de competición, Carmen Pérez, por su expulsión tras el derribo a Álvaro Morata cuando iba directo a la portería de Courtois en los instantes finales de la final de la Supercopa entre el Real Madrid y el Atlético Madrid.

El pasado domingo os contamos en SPORT que esta expulsión, a tenor de lo sucedido, podría suponer que el uruguayo, elegido MVP de la final, se perdiera los dos próximos encuentros con el equipo madridista. Bastaba ver el artículo 114 del Código Disciplinario sobre la expulsión directa. Es en el segundo párrafo del punto uno que dice lo siguiente: “aquellos casos en que la expulsión del terreno de juego se deba a situaciones en que el futbolista no hubiera tenido posibilidad de disputar el balón, la suspensión será de al menos, dos partidos”.

Sin embargo, también adelantamos que podía quedar solo en uno gracias al acta arbitral de Sánchez Martínez y que decía lo siguiente: “En el minuto 116 fue expulsado por el siguiente motivo: Derribar a un adversario impidiendo con ello una ocasión manifiesta de gol”. Por suerte para el jugador uruguayo, nada exponía acerca de la imposibilidad de jugar la pelota, de aquí que disciplinariamente podría quedar en solo un partido. Y esto, considerando el valor del acta arbitral en las resoluciones disciplinarias, ha sido clave en la decisión de jueza única. Sanción que cumplirá este próximo sábado en el encuentro ante el Sevilla de liga pudiendo jugar el compromiso copero ante el Unionistas de Salamanca  

Esto se debe a la modificación del artículo 56 del Código Disciplinario que fija que las sanciones de Supercopa se cumplen de manera inmediata y que dice actualmente lo siguiente:  La suspensión por partidos que sea consecuencia de la Supercopa de España con independencia de su gravedad, implicará la prohibición de alinearse, actuar, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios, en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición".