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La Federación inglesa establece un nuevo reglamento para los intermediarios

La FA ha redactado un nuevo reglamento

La FA ha redactado un nuevo reglamento / AFP

Ramón Fuentes

La FA ha anunciado algunos cambios en el Reglamento sobre el trabajo con intermediarios. Los cambios se han esperado y siguen a un proceso deconsulta con las principales partes interesadas, como los propios intermediarios. Estos cambios regulatorios son independientes de las reformas Propuestas actualmente por la FIFA en relación concuestiones como la remuneración y la concesiónde licencias. En total, hay siete cambios clave en el Reglamento de la FA que todo intermediario, jugador y club debe tener encuenta. 

  1. Ahora existe el requisito de que unintermediario actúe siempre en el mejor interésdel club y/o del jugador para el que actúe y de Conformidad con sus deberes fiduciarios. Esta obligación no debería causar demasiadas cuestiones, ya que la mayoría de los contratos de representación suelen contener obligaciones contractuales similares sobre el intermediario. Sin embargo, lo que podría causar problemas es si la FA comienza a imponer sanciones a los intermediarios sobre la base de una conducta queconsideren que no es en el mejor interés deljugador o club. Esto podría dar lugar a muchas más disputas regulatorias, pero también disputas contractuales entre intermediarios y sus clientes.
  2. Los intermediarios deben notificar a los jugadores oralmente y por escrito de todas lasofertas recibidas tan pronto como searazonablemente posible y en cualquier caso dentrode las 24 horas posteriores a la recepción de laoferta. "Oferta" se define como "cualquier oferta hecha por un Club Reconocido en relación con la remuneración de un Jugador bajo un contrato detrabajo actual, o posible contrato de trabajo". 
  3. Los intermediarios deben ahora obtener el consentimiento por escrito del padre o tutor del jugador antes de hacer cualquier enfoquecon respecto a la actividad intermediaria a unjugador entre el 1 de enero del año deldecimosexto cumpleaños del jugador y la fecha desu decimoctavo Cumpleaños. Los enfoquesincluyen comunicaciones electrónicas comoWhatsApp y redes sociales. 
  4. Ahora existe el requisito de que los intermediarios proporcionen alos jugadores una declaración anual que muestretodos los pagos (incluidas todas las remuneraciones, honorarios y gastos) realizados por un jugador o por un club en nombre deljugador a un intermediario durante unatemporada. Esto debe ser proporcionado al jugador dentro de los 30 días después del 30 dejunio y la FA también tiene derecho a solicitar una copia. 
  5. Las disputas entre intermediarios son abundantes y, aunque la mayoría se determinan mediantearbitraje de la Regla K, un gran número termina resolviéndose. Ahora, cualquier acuerdo quepretenda resolver cualquier disputa pasada, existente o futura relacionada con la actividad intermediaria entre intermediarios yorganizaciones intermediarias debe ser divulgado a la FA. 
  6. Anteriormente, sólo se ha requerido presentar copias de los contratos derepresentación y subcontratos y cesionesposteriores ante la FA. Además, ahora existe la obligación de que los clubes divulguen acuerdoscon intermediarios de cualquier naturalezarelativos a la prestación de servicios. 
  7. Ahora está expresamente prohibido que los intermediarios, las organizaciones intermediarias y los clubes concreten cualquier forma de acuerdo depatrocinio para evitar conflictos de intereses. Esto no impediría que los intermediarios y las organizaciones intermediarias adquiriera paquetes de hospitalidad a los clubes.