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Jurado popular

Una lista vigente hasta diciembre de 2026 reúne a los 2.846 ciudadanos que podrían juzgar a Begoña Gómez por malversación

Consulta el listado de 2.846 candidatos, resultado de un sorteo realizado por el Censo para un periodo de dos años

Así funcionan los jurados populares como el que juzgará a Begoña Gómez

Así funcionan los jurados populares como el que juzgará a Begoña Gómez / EPE

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid

Una lista que reúne a 2.846 ciudadanos censados en la provincia de Madrid, vigente hasta finales de 2026, contiene los nombres de las nueve personas (más dos suplentes) que junto con el magistrado que corresponda deberán juzgar a la esposa del presidente del Gobierno por un delito de malversación, siempre que este asunto acabe llegando a juicio.

En todo caso, la decisión de transformar el procedimiento de un investigado para someterle a los trámites que regula la ley del jurado de 1995, tal y como ha acordado esta semana el juez Juan Carlos Peinado con respecto a Begoña Gómez, supone adelantar esta posibilidad y pone el foco en las personas que podrían conformar este tribunal en los próximos meses.

Juicio con jurado popular al acusado de estafar, robar y matar a un matrimonio de ancianos en el barrio de La Bordeta de Barcelona en 2019, en la Audiencia Provincial de Barcelona

Juicio con jurado popular al acusado de estafar, robar y matar a un matrimonio de ancianos en el barrio de La Bordeta de Barcelona en 2019, en la Audiencia Provincial de Barcelona / EUROPA PRESS

El listado actual para la provincia de Madrid tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, un periodo en el que es muy probable que la pieza por malversación relacionada con el uso privado de la asistente de Begoña Gómez en Moncloa termine de sustanciarse y llegue a juicio, tras la práctica de las diligencias aún pendientes y la resolución de los recursos ante la Audiencia Provincial que buscan su anulación.

Si los recursos no prosperan, de este concreto listado de 2.486 vecinos censados en Madrid --que se puede consultar pinchando el enlace--saldrá la composición del grupo que juzgará el caso de Gómez, su asistente Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno, Francisco Martín.

El número de causas por 50

Pero ¿Cómo se ha creado esta lista? Los posibles miembros del jurado para un periodo de dos años resultan de un sorteo -- realizado en una sesión pública-- que hacen las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en la última quincena de septiembre de los años pares. Para fijar el número de candidatos se multiplica por 50 el número de causas que se prevé que vaya a conocer el tribunal del jurado en los próximos dos años, atendiendo al total de enjuiciadas en años anteriores y al incremento previsto en cada provincia.

Ser parte de un tribunal del jurado es un derecho de todo ciudadano o ciudadana y un deber de colaboración, según señala la propia ley. Para formar parte de estos listados hay que ser español mayor de edad, en encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos -- que son suspendidos cuando existe condena de inhabilitación-- y saber leer y escribir. A ello se suman los requisitos de ser vecino de la provincia en el que el delito se ha cometido y no estar "impedido física, psíquica o sensorialmente" para el desempeño de la función de Jurado.

El juez Peinado propone que Begoña Gómez sea juzgada por malversación ante un jurado

El juez Peinado propone que Begoña Gómez sea juzgada por malversación ante un jurado / EP

La ley regula también las circunstancias que excusan de formar parte de un tribunal del jurado: como son las de ser mayor de 65 años, haber sido ya jurado en los cuatro años anteriores, los que sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares y también aquellos que desempeñen trabajo de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios al mismo.

También están excusados los que tengan su residencia en el extranjero, los militares profesionales en activo cuando concurran razones de servicio y todos aquellos que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave participar en el enjuiciamiento de una causa. La norma prevé actualmente una retribución diaria de 67 euros, así como 65,97 euros y las comidas y cenas 18,70, según puede consultarse actualmente en la página de la Comunidad de Madrid. Si un jurado no comparece, las multas pueden llegar a los 1.500 euros.

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Vía: El Periódico