Violencia machista

Fiscalía debate si se debe castigar a las madres maltratadas que se llevan a sus hijos por miedo

Los casos de María Salmerón o Juana Rivas han abierto la discusión pública sobra las llamadas "madres protectoras"

Flores en recuerdo de una mujer víctima de violencia machista en Torrevieja.

TORREVIEJA (ALICANTE), 18/12/2021.- Un ramo de rosas ha sido depositado en la entrada de la vivienda de la mujer que esta madrugada ha sido muerta por su pareja la cual se ha entregado más tarde. EFE/Manuel Lorenzo / EFE

Violeta Molina Gallardo

El debate de las llamadas "madres protectoras" ha llegado a la justicia. ¿Deben los tribunales castigar a una mujer víctima de

violencia de género

que aleja a sus hijos del maltratador por miedo a las agresiones sin tener en cuenta la situación de maltrato? ¿Debe aplicarse la perspectiva de género al juzgar la sustracción de menores?

La Fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, ha dado un paso al frente y ha respondido afirmativamente a esa pregunta por primera vez desde una alta institución del Estado: "No podemos trabajar la sustracción de menores sin tener en cuenta la incidencia de la violencia de género

. (...) Tenemos que ver las circunstancias que han motivado la sustracción y tenerlas en cuenta", explica Peramato a El Periódico de España.

Cuando un niño es raptado por su padre o por su madre, la ley obliga a restituir al menor y a dictar una prohibición de aproximación al sustractor. Esta es la norma también para las mujeres víctimas de violencia de género que se llevan a sus hijos e hijas para protegerlos del maltrato. La fiscal aboga por una respuesta más justa y adecuada.

En España, son notorios casos como los de María Salmerón, 

Juana Rivas

 o la extremeña Sara, que se negaron a entregar a sus hijos al progenitor por miedo, pues aseguraban ser víctimas de violencia machista.

"Sabemos que en muchas ocasiones las sustracciones de menores están vinculadas a incidentes de violencia de género y doméstica", indica Peramato. La Fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer ha puesto sobre la mesa la necesidad de aplicar la perspectiva de género en estos casos para estudiar qué ha motivado la sustracción cuando haya indicios de violencia machista o doméstica.

Respuesta justa

En un dictamen destinado a los fiscales, pide que se valoren los incidentes de violencia en estos casos e incluso que se llegue a pedir la eximente de la madre cuando se constate que el rapto estuvo motivado por el miedo y la necesidad de protección.

"Lo que he querido transmitir con el dictamen es que en esos procedimientos se tiene que hacer una valoración de los incidentes de violencia y aplicar eximentes y adaptar la respuesta penal para una justicia efectiva. No podemos desconocer y alejarnos de la realidad, sino dar una respuesta penal justa", defiende.

Aclara la Fiscal que, en España, es automática la imposición de la pena de prohibición de aproximación tanto para los padres como para las madres sustractores. Ahora bien, matiza que pueden plantearse eximentes para los casos de violencia de género y hace hincapié en que los menores son víctimas directas de esta violencia.

"Si no protegemos a las madres, no protegemos a los niños y viceversa", recalca.

Violencia vicaria

Según un análisis estadístico a escala global de la Conferencia de la Haya, el 73% de los sustractores son las madres, frente a un 24% de padres. En el caso de las madres que se llevaron a los niños, el 91% eran titulares de su custodia.

"Sabemos que cuando la sustracción obedece a dinámicas de violencia de género, el autor puede ser tanto el padre como la madre", indica Peramato en su escrito a los fiscales.

En el caso de esos padres, persiguen instrumentalizar a los menores a través de la violencia vicaria para infligir un daño a la madre que se ve privada de sus hijos o hijas, "daño que se refuerza en muchos casos por la angustia de la ocultación del paradero y del estado del/la menor".

Sin embargo, en el caso de las madres que padecen un contexto de violencia de género, la sustracción es una huida de la situación de maltrato, "una vía de escape con la finalidad de protegerse ella y de proteger a sus hijas e hijos".

Peramato asevera que la pena de alejamiento es imperativa en ambos casos, no cabe hacer distinciones porque no figuran en la ley. Ahora bien, aboga por incorporar perspectiva de género a los procedimientos civiles y penales que se incoen por sustracción de menores, esto es, que se atiendan específicamente las necesidades de los menores y los incidentes de violencia y se escuche a los niños y niñas.

La directora de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, destaca que esta advertencia de la Fiscalía para se consideren las circunstancias de la violencia de género es "muy valiente y muy oportuna", proponiendo incluso la petición de la eximente cuando el miedo y la protección de los hijos motiven la sustracción: "Justo lo que llamamos enfoque de género en la justicia".

"Es evidente que tenemos que hacer una reflexión sobre cómo se están tratando en los tribunales y en la ley los delitos relacionados con el secuestro parental cuando se produce en contextos de violencia de género", apunta.

También la presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, María Ángeles Jaime, celebra el pronunciamiento de la Fiscal de Sala Delegada, pues coincide en la necesidad de incorporar la perspectiva de género a estos casos.

Jaime incide en que en estos casos se tenía que eximir de responsabilidad aplicando la cuestión prevista en el Convenio de la Haya de 1980: excepcionar el procedimiento de sustracción cuando se lleve a cabo en un contexto de violencia de género y extenderlo la responsabilidad criminal cuando se evidencie que existe un riesgo para los menores al constatar que existen antecedentes por este maltrato.

Regulación internacional

Soleto indica que el asunto es complejo tanto por la aplicación judicial de las normas como por el propio contenido de las leyes, ya que hay que atender no sólo a la legislación nacional, también a la internacional: son convenios internacionales los que fijan el interés superior del menor ignorando situaciones de violencia de género.

España es país firmante del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de la Conferencia de la Haya, que establece los procedimientos para garantizar una restitución inmediata y segura de un menor trasladado o retenido de forma ilícita, como recoge Peramato en su dictamen.

En ese convenio, que persigue de forma prioritaria la restitución del niño o la niña a su país de residencia habitual, hay una excepción que se sustancia en el artículo 13: en él, se destaca que la autoridad judicial o administrativa del estado no está obligada a devolver al menor "si la persona, institución u otro organismo que se opone a su restitución demuestra que existe un grave riesgo" de que esa devolución lo exponga a un grave peligro físico o psíquico o cualquier otra situación intolerable.

Además, en ese artículo también se incluye una excepción a esa restitución cuando la autoridad compruebe que el propio menor se opone a ella, siempre y cuando "haya alcanzado una edad y un grado de madurez en que resulte apropiado tener en cuenta sus opiniones".

La Convención de la Haya está estudiando incorporar la perspectiva de género para tener en cuenta las situaciones de violencia de género: "Se tienen que empezar a abrir ciertas puertas a que no se proceda de manera automática, sino analizar incidencias de supuestos de violencia de género o doméstica", insiste Peramato.

La ONU avisa

El pasado diciembre, un grupo de expertos de Naciones Unidas apercibía a España al considerar que su sistema judicial no protege a los niños de los padres abusivos.

La relatora especial de violencia contra la mujer, el grupo de trabajo sobre discriminación contra las mujeres y las niñas, la relatora sobre el derecho a la salud física y mental y el relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de la ONU denunciaron que el sistema judicial español tiene un “sesgo discriminatorio contra las mujeres” que hace que su testimonio se perciba como menos creíble y a menudo favorece a los varones en casos de custodia incluso aunque haya antecedentes de violencia doméstica o de género.

Por ello, pedía al Ejecutivo que garantizara que los tribunales superen los prejuicios contra las mujeres y apliquen un enfoque de género y centrado en los niños: "España debe hacer más".

“Aun en los casos en los que existen antecedentes de violencia doméstica o pruebas de maltrato, las decisiones judiciales a menudo favorecen a los padres varones, incluso en aquellos casos en los que existen motivos razonables para sospechar que abusan hacia los niños y sus madres. (...) "Las mujeres tienen aún menos probabilidades de ser creídas cuando denuncian la violencia física y sexual cometida por los padres contra ellas y sus hijos", incidieron las fuentes. 

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, reconocía días después que habían recibido "con mucha preocupación" este informe que identifica "incluso un patrón de reacción de la administración de justicia", y en este sentido defendía que el Ejecutivo tiene "muy claro" que los hijos y las hijas víctimas de violencia machista también son víctimas directas, así como un compromiso "con las madres que están sufriendo".

"Para un estado, hablar de violencia institucional es un paso adelante histórico y valiente que, evidentemente, necesita un análisis sosegado y riguroso, pero también autocrítico, en cuanto al funcionamiento, entre otros, del poder judicial", destacaba Rosell.

También se refería a esta materia la secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez, quien reconocía que se puede hacer un "esfuerzo legislativo" para "afinar la protección en materia de violencia vicaria".

"Es obligación del Estado garantizar los derechos de las madres protectoras antes de que las asesinen, a ellas o a sus hijos/as", aseveraba la ministra de Igualdad, Irene Montero, el pasado 31 de diciembre tras conocerse el asesinato de la pequeña Abril a manos de su padre.

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El 016 atiende a las víctimas de todas las violencias contra las mujeres. Es un teléfono gratuito y confidencial que presta servicio en 53 idiomas y no deja rastro en la factura. También se ofrece información a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y asesoramiento y atención psicosocial mediante el número de Whatsapp 600 000 016. Además, los menores pueden dirigirse al teléfono de ANAR 900202010Todos los recursos contra la violencia de género.