El contraanálisis de Iannone, en enero

Iannone, en el box de Aprilia

Iannone, en el box de Aprilia / MotoGP

Sport.es

El abogado de Andrea Iannone, Antonio De Rensis, ha explicado en La Gazzetta dello Sport los detalles de la defensa del piloto de Aprilia, que dio positivo durante el GP de Malasia y se enfrenta a una sanción por dopaje.

Iannone solicitó el análisis de la muestra B de orina tomada en Sepang, después de que en la primera muestra se hallara un esteroide anabólico andrógeno exógeno. El piloto de Vasto ha sido suspendido provisionalmente por la FIM tras conocerse el resultado del control en Malasia y está a la espera del contraanálisis.

Em todo caso no habrá novedades hasta después de las vacaciones de Navidad:  "Se ha llevado a cabo la solicitud de contraanálisis, ahora tenemos que esperar los plazos: la fecha presumible del resultado está fijada para el 7 de enero. Entonces sabremos ciertos datos de la sustancia y la cantidad detectada, algo fundamental para todo el proceso. Hasta entonces se necesita prudencia y precaución", dijo De Rensis.

Si la segunda muestra resultase negativa, Iannone se libraría de la suspensión pero si se confirma el positivo, lannone sería castigado. Aprilia tiene programados test con la nueva RS-GP 2020 el 4 de febrero y está a la espera de los próximos acontecimientos

Iannone, en caso de positivo, tendría la posibilidad de presentar una apelación ante la Corte de Disciplina Internacional para intentar demostrar que no habría tomado voluntariamente la sustancia prohibida por la AMA, pudiendo alegar que se tratase de una contaminación alimentaria. Su abogado ha comentado que dicha contaminación podría haber venido de las carnes tratadas con esteroides que Iannone pudo haber comido en las cinco semanas que pasó en Asia entre el Gran Premio de Tailandia hasta el de Malasia.

En caso de recibir un veredicto desfavorable, el siguiente paso sería acudir al TAS, en Lausana, pero los plazos se prolongarían y para Andrea sería prácticamente imposible comenzar la temporada 2020.