La RFEF cree que el CSD "da portazo a pretensiones de Tebas"

Luis Rubiales, presidente de la Federación

Luis Rubiales, presidente de la Federación / EFE

EFE

La Federación Española de Fútbol (RFEF) consideró que el Consejo Superior de Deportes (CSD) "ha dado portazo a las pretensiones" del presidente de LaLiga, Javier Tebas, y "ha rechazado intervenir en favor" de éste "ante un supuesto conflicto de competencias que asegura que no existe".

Para la RFEF, la resolución del CSD de inadmitir la solicitud de LaLiga sobre su titularidad en exclusiva para fijar horarios, elegir y/o comercializar el balón y denominar a las competiciones profesionales supone "decir no" a las pretensiones de Tebas; al que "conmina a retomar la negociación con la RFEF para renovar el Convenio de Coordinación, cuya vigencia finaliza el próximo 30 de junio".

Tras citar que la negociación de éste fue interrumpida por LaLiga después de varias reuniones y de que su presidente acudiera al CSD el pasado diciembre, la RFEF indicó a EFE que la resolución conocida este jueves "recuerda a la Liga que no existe motivo alguno para intervenir porque en realidad no hay ni conflicto de competencias", ni "discrepancia interpretativa" ante los que pronunciarse.

"Es más, le dice que, como advirtió la RFEF en sus alegaciones, lo que en realidad pretende la LNFP es que el CSD dicte una resolución formulando una declaración general de que le corresponden determinadas competencias, y además que lo haga preventivamente", añadió el organismo que preside Luis Rubiales.

La RFEF insistió en que el CSD considera evidente "que no estamos en presencia de un conflicto de competencias", y que "está vigente un Convenio de Coordinación y ninguna de las partes ha denunciado a la otra por un posible incumplimiento".

También aludió al llamamiento que el Consejo hace para que RFEF y Liga, en base a los principios de "buena fe confianza legítima y lealtad institucional", intenten "alcanzar acuerdos que posibiliten la firma de un nuevo Convenio de Coordinación entre las partes; algo que no se puede sustituir por la interpretación de las normas sustantivas de aplicación por parte del CSD".