Primeras sentencias condenatorias por piratería del fútbol

Leo Messi luchando por un balón en un partido de LaLiga contra el Rayo

Leo Messi luchando por un balón en un partido de LaLiga contra el Rayo / David Ramirez

sport.es

La lucha legal contra la lacra de la piratería en los establecimientos públicos, y la defensa de aquellos locales que sí cumplen con la legalidad, empieza a dar sus frutos con las primeras sentencias condenatorias contra establiecimientos que emiten fútbol de forma ilícita, siendo que en la actualidad ya hay más de 600 establecimientos público con procedimientos penales abiertos en su contra

Las sentencias hasta ahora dictadas consideran a los titulares de los establecimientos públicos piratas autores de un delito frente a la propiedad intelectual, condenándolos a unas penas mínimas de 4 meses de prisión, al pago de importantes multas económicas, a indemnizar a LaLiga por daños y perjuicios ocasionados, y el abono de las costas procesales. 

Estas sentencias son la confirmación de la utilidad de la Red Territorial de Verificadores de Licencias de Contenido de LaLiga, cuyo objetivo es proteger los derechos audiovisuales de sus clubes y defender a aquellos establecimientos que sí cumplen con la legalidad y que se ven afectados por la competencia desleal de aquellos que emiten ilícitamente. 

Este equipo, formado por unos 100 profesionales, trabaja por todo el territorio español detectando establecimientos públicos que hacen negocio emitiendo contenido de LaLiga de manera fraudulenta. Ya se han realizado en lo que llevamos de la presente temporada futbolística más de 80.000 visitas, detectándose mas de 19.000 emisiones fraudulentas

Todo este esfuerzo realizado se desarrolla en estrecha colaboración con Mediapro como licenciatario de los derechos televisivos para el Canal de Locales Públicos. 

OPERACIÓN POLICIAL

Gracias a la operación policial, LaLiga ha procedido a denunciar más de 4.300 establecimientos a las autoridades. Los delitos que se atribuyen presuntamente a los responsables de los establecimientos que pudieran haber resultado intervenidos se encuentran tipificados en los artículos 270.1 y 286.4 del código penal y llevan implícitas penas de hasta 4 años de prisión