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Los árbitros sólo deberán interrumpir el partido en caso de lesión grave

Los átbitros ya conocen la nueva normativa soibre las interrupciones

Los átbitros ya conocen la nueva normativa soibre las interrupciones / EFE

Ramón Fuentes

En el diario SPORT os venimos contando todas las modificaciones reglamentarias que la RFEF tiene previsto poner en marcha. Ya sea en sus Estatutos, Código Disciplinario o Reglamento General. Cambios que están pendientes de la aprobación por parte de la Comisión Directiva del CSD que todavía no tiene fecha para su próxima reunión.

Pues bien, dentro de la faceta arbitral, hay dos cambios importantes. El primero tiene que ver con el artículo 215 relativo a la comparecencia en el recinto deportivo. Una vez se apruebe este Reglamento, ya no volverá a repetirse la histórica imagen de la eliminatoria copera entre el Fútbol Club Barcelona y el Atlético de Madrid del 30 de abril del 2000 cuando el equipo azulgrana compareció con diez jugadores en el Camp Nou ante el equipo rojiblanco. Ese día el colegiado tuvo que pitar el inicio del partido y esperar los treinta minutos que establece el Reglamento antes de suspenderlo y darlo por finalizado.

Pues bien desde que vea la luz este nuevo Reglamento el árbitro ya "no dará señal de comenzar el encuentro" como venía sucediendo hasta ahora. A partir de ahora, el colegiado "constatará el número de jugadores presentes por cada equipo". Si se confirma que es inferior, será a los treinta minutos cuando se consignará en el acta y se le considera como no comparecido.

Evidentemente este cambio es más buscando las categorías del fútbol no profesional donde si están expuestos a estas situaciones.

Y otro cambio importante tiene que ver con el artículo 237 relativo a los árbitros y obligaciones en los partidos. En el mismo se recoge el cambio normativo aprobado por la IFAB de la obligatoriedad de mostrar las tarjetas a los entrenadores y demás personas afectadas. Pero además desde ahora deja claro que sólo tendrá que "interrumpir el juego en caso de lesión grave de algún futbolista". Artículo donde se incorpora el adjetivo de "grave" dado que hasta ahora el colegiado podía interrumpir el encuentro en caso de lesión de futbolista. Según esta nueva redacción, se limita a cuando sean consideradas como graves. Algo que ya viene sucediendo en el terreno de juego, donde el colegiado solo detiene el partido en los casos graves de lesión, pero que de esta forma queda constatado en una normativa.

Además, en caso de producirse, será cuando ordenará "su retirada del campo por medio de asistencias sanitarias".

Cambios todos ellos que están dentro de ese cambio normativo tanto del Reglamento General, Estatutos y Código Disciplinario de la RFEF aprobados en la Asamblea General celebrada el 10 de junio en la Ciudad del Futbol de las Rozas  que todavía no están en vigor a la espera de ser  aprobados por la Comisión Directiva del CSD. Reunión que todavía no tiene previsto su celebración. Ya han transcurrido casi cinco meses desde que estos cambios normativos fueran aprobados en el estamento federativo y tres meses desde que se presentaron en la sede del CSD para su aprobación definitiva.