Los jugadores que fichen del Reino Unido serán extracomunitarios
Es el acuerdo firmado por la RFEF-Liga y AFE ante la entrada en vigor del Brexit
Seguirán como comunitarios los contratos ya existentes hasta final de temporada
La Real Federación Española de Fútbol ha comunicado en una circular el acuerdo acuerdo interpretativo alcanzado con AFE y LaLiga en relación con la situación de los futbolistas con nacionalidad del Reino Unido como consecuencia de la salida de dicho Estado de la Unión Europea a partir de mañana 1 de enero de 2021 y habida cuenta de la ausencia de un acuerdo específico adoptado en el marco del “Brexit” para la regulación de la situación de los deportistas profesionales a tal efecto.
En este sentido, el acuerdo alcanzado entre las tres partes, RFEF- AFE y LaLiga versa sobre los siguientes extremos:
- Los futbolistas con nacionalidad del Reino Unido que sean inscritos a partir del 1 de enero de 2021 serán considerados a efectos de inscripción, cupos máximos permitidos y posibilidad de alineación, como “extracomunitarios”.
- Con carácter transitorio, se mantendrá la condición de “comunitarios” con la que comenzaron la Temporada 2020-2021 a todos aquellos futbolistas con nacionalidad del Reino Unido que, a fecha 31 de diciembre de 2020, tengan suscrito contrato y expedida licencia en vigor con un club adscrito a categorías profesionales, a efectos del cupo máximo de inscripciones permitidas y de posibilidad de alineación en encuentros de estas categorías, hasta la finalización de la Temporada 2020-2021. Esta transitoriedad será, igualmente, aplicable a los futbolistas inscritos en equipos dependientes o en equipos de clubes filiales de los anteriores.
- Se acuerda, por último, elevar el pacto alcanzado entre las tres instituciones al Consejo Superior de Deportes a los efectos de que este organismo muestre su conformidad con el ajuste a la legislación nacional vigente y aplicable al efecto y, a fin de que, en su caso, pueda extender sus efectos hasta la fecha actual de expiración de los contratos de los jugadores afectados, pero sin posibilidad de extensión por ampliaciones o prórrogas de éstos.
Aplicable en la liga femenina
Asimismo, la RFEF ha informado que esta interpretación sería, asimismo, aplicable, en su caso, a la limitación aprobada para la próxima temporada referente al número máximo de jugadoras extranjeras no comunitarias que los equipos adscritos a categorías de fútbol femenino profesionalizado pueden tener inscritas y al número máximo de jugadoras de la misma condición que estos equipos pueden alinear de forma simultánea.
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