La duración de los contratos, el gran problema del fútbol español

La AFE está estudiando la propuesta de la FIFA

La AFE está estudiando la propuesta de la FIFA / AFE

Ramón Fuentes

Lejos de la polémica surgida en el día de ayer tras la reunión de la comisión de seguimiento y del cruce de comunicados entre la RFEF, LaLiga y AFE; la reunión de ayer nos deja un gran problema de cara a futuro. Y radica en la duración de los contratos de los futbolistas. 

Porque aquí el sindicato de futbolistas españoles es categórico en cuanto a su postura y considera el 30 de junio como fecha límite. De lo contrario, es decir extralimitar este tiempo por decisión unilateral de los clubes, supondría vulnerar los derechos de los trabajadores recogidos en el Estatuto de los Trabajadores que está recogido en la legislación nacional y cuya última versión es del 23 de octubre del 2015. Además en el caso de los futbolistas, como del resto de deportistas profesionales, se rigen especifícamente en nuestro país por el Real Decreto 1006 del 26 de junio de 1985 que le otorga un carácter especial a la relación laboral, entre muchos deportistas, a los futbolistas que militan en nuestro país. Así de hecho queda recogido en el comienzo del propio Real Decreto 1006 que en su punto uno relativo al ámbito de aplicación deja claro que "regula la relación especial de trabajo de los deportistas profesionales, a los que se refiere el artículo segundo, apartado d del Estatuto de los Trabajadores".

Como recoge también el mismo Real Decreto 1006  en su artículo 6 y el convenio colectivo Liga- AFE firmado en 2016 y que debe renovarse este próximo 30 de junio, los contratos entre los futbolistas y los clubes tendrán una duración determinada. Y en este caso, dada las fechas de competición en nuestro país, tienen fecha inicial del 1 de julio y finalizan el 30 de junio. Y es aquí donde puede surgir el principal escollo para el futuro si hubiera que jugarse más allá del 30 de junio.

Porque, llegados a esta situación, para esa fecha se consideraran finalizados todos los contratos de los jugadores del fútbol profesional que tengan el 30 de junio del 2020 como día determinado para el vencimiento del mismo.

Bien es cierto que justo ayer mismo la FIFA emitía su documento relativo a las cuestiones regulatorias derivadas de la crisis por el COVID 19. Y la primera de estas cuestiones es precisamente la derivada de la duración de los contratos. En el mismo habla de la excepcionalidad derivada de esta pandemia en donde es "más que probable que las ligas se reanuden después de la fecha de finalización de la temporada". 

Lo cual genera una serie de problemas, que la propia FIFA reconoce, en torno a que los contratos vencen en la fecha de finalización de la temporada, las cesiones, las cesiones o contratos que arrancan al principio de la próxima temporada que también se verán afectados. 

La normativa FIFA es clara al respecto en su Estatuto de Transferencia de Jugadores y para ser más exactos en su artículo 18 apartado 2 donde dice que "la duración mínima de un contrato será a partir de la fecha de entrada en vigor al final de temporada, la duración mínima será de cinco años". En este caso hablamos del 1 de julio. Pero además en su punto 3 del mismo artículo 18 habla de la libertad de todo jugador para "firmar un contrato con otro club si su contrato con el club actual ha vencido vencerá en un plazo de seis meses".

Además de todo esto, FIFA reconoce líneas despúes, que "Por lo general, los contratos laborales deben regirse por la legislación nacional y la autonomía contractual de las partes". 

Considerando todos elementos la FIFA hace una serie de proposiciones que pasa por que si un contrato finaliza en la fecha original de vencimiento de la temporada (30 de junio) deberá prolongarse hasta la nueva fecha de finalización. En caso de que el contrato comience en la ficha de inicio de la próxima temporada (1 de julio como explicamos anteriormente) deberá postponerse hasta la nueva fecha de inicio de la temporada.Y en caso de solaparse ambas temporadas "se dará prioridad al club anterior para completar la temporada con su equipo original".

Todo estas son propuestas que la FIFA realiza pero que no puede en ningún caso imponer porque siempre prima la legislación nacional. Y es aquí donde aparece el nuevo foco de conflicto que amenaza la continuidad de la competición. Sino se logra un acuerdo, quedaría en manos de los futbolistas si llegan a un acuerdo a partir de esa fecha el continuar y acabar la competición con los equipos que actualmente tienen contrato en vigor. Pero serán los dos partes las que deban llegar a un acuerdo para el tiempo que dure la nueva vinculación. 

Es más la propia FIFA permite que este nuevo contrato que el club proponga al jugador, y que habitualmente se realiza por correo certificado, también podra enviarlo vía mail siempre y cuando obtuviera la confirmación del jugador de que ha recibido una copia de la misma. Un contrato además donde el club anterior "debe ofrecer al jugador un contrato por escrito, a más tardar 60 días antes del vencimiento de su contrato vigente (30 de abril)" y donde la oferta "deberá ser equivalente al contrato vigente". Es más, si el club considerado como anterior (donde milita actualmente el jugador), no ofrece al jugador ningún contrato, no se pagará derecho de indemnización por formación.

Luego por tanto nos encontramos en un escenario donde el sindicato español de futbolistas defiende el 30 de junio como fecha de finalización de los contratos según recoge la norma española. Luego está la postura de FIFA que permite extender esta relación para la cual los clubes donde se da esta situación tienen hasta el 30 de abril para mandar vía mail al jugador un nuevo contrato bajo la nueva situación. Veremos cuantos de estos jugadores aceptan o no ampliar este contrato que tiene fecha de caducidad. Porque podría darse el caso que los jugadores en esta situación, donde incluso están cedidos, puedan decidir que no amplían su actual relación contractual. 

Y luego además está la licencia que tramita la Federación Española y que permite a un jugador jugar en Primera y Segunda división, que deberá ser también ampliada dado que la fecha inicial de caducidad es también de 30 de junio, cuando acaba la temporada en curso. 

Es sin duda el gran problema que se avecina en nuestra liga como en el resto de Europa. Porque los escenarios que maneja la Liga, siempre conforme a lo pactado con UEFA y así lo expuso ayer martes Javier Tebas a los medios internacionales, parten de 28 de mayo como la primera fecha para volver. En este caso la liga se juega en junio y la Liga de Campeones en julio. 

En caso de empezar el 6 de junio, tanto Liga como competiciones europeas van de la mano hasta el 31 de julio. Y si hubiera que empezar el 28 de junio, la liga se completaría en julio y la Liga e Campeones en agosto.Sólo el primero de los supuestos permitiría acabar la liga sin invadir más allá del 30 de junio afectando a todos los contratos actuales que finalizan en esa fecha. En el resto de los casos ya es necesario un acuerdo entre jugador y club. Veremos hasta que punto hace presión el sindicato o se llega acuerdos entre los futbolistas y los clubes.