Los clubes podrán emprender un ERE para la extinción de contratos de los futbolistas

Pueden acogerse para ejecutarlo a las pérdidas económicas producidas en estas dos últimas temporadas

esto afecta también a los jugadores con contratos en vigor. Para poder ser legal deben ser siempre colectivos, es decir un mínimo del 10% del total de la trabajadores del club

Tebas, presidente de LaLiga

Tebas, presidente de LaLiga / EFE

Ramón Fuentes

Ramón Fuentes

La semana pasada Javier Tebas dio a conocer las pérdidas globales del fútbol español como consecuencia del Covid. Unas pérdidas que el presidente de la Liga cifró en dos mil millones que los clubes de fútbol han logrado paliar y reducir a 1029 gracias a una reducción de los gastos a 984 millones de euros. 

Una situación económica que, podría llevar algún club profesional a emprender este verano un ERE en su plantilla. O lo que es lo mismo, un expediente de regulación de empleo. Una herramienta para poder extinguir contratos en vigor de futbolistas con unas fichas desmesuradas y a las que el club no puede hacer frente debido a esta situación del covid. Más cuando, aunque sea permitido este acceso limitado de público a los estadios en estas dos últimas jornadas, todavía no hay una fecha concreta para el regreso de los aficionados al fútbol profesional. Una fuente muy importante de ingresos para todos los clubes profesionales españoles.

Así pues no debe sorprendernos si algún club emprende este ERE en los próximos meses para así quitarse masa salarial. Es decir para desprenderse de jugadores que, con fichas muy altas, no cuentan en el proyecto futuro de club. Para poder ejecutarlo, los clubes deberán llevar a cabo lo que se conoce como un ERE colectivo. Es decir que afecte como mínimo al 10% de trabajadores del club.

Hay precedentes de despidos individuales a futbolistas acogiéndose a un ERE que han sido recurridos ante la justicia con sentencias favorables al jugador al determinar que los despidos individuales por cuestiones económicas no pueden llevarse a cabo como consecuencia del decreto 1006 que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales. 

Luego para poder ejecutar este ERE colectivo, siempre por cuestiones económicas, debe llevarse a cabo de la siguiente manera. A diez trabajadores en aquellos clubes que tengan menos de 100 empleados. El 10% en aquellos que cuenten entre 100 y 300 empleados y treinta trabajadores en aquellos con más de trescientos en su estructura actual.

Un ERE que no tiene porqué ser exclusivamente a los futbolistas, sino que dentro de este expediente de regulación pueden estar incluidos cualquier de los trabajadores que forman parte del club. Y entre ellos los futbolistas, como un empleado más dentro de la estructura.

Según varios expertos consultados por SPORT; no debe sorprendernos si cualquiera de los 42 clubes del fútbol profesional decide este verano acogerse a esta argucia legal para poder dar salida a jugadores con fichas muy elevadas y que todavía tienen contratos de larga duración. Las pérdidas económicas derivadas del covid les ampara legalmente para poder llevarlo a cabo. Siempre y cuando sea colectivo. El período de referencia para un despido es de 90 días naturales.